Pareja gay de Singapur desafía en los tribunales la penalización de las relaciones homosexuales
Gary Lim y Kenneth Chee, pareja desde hace ya quince años, han presentado una demanda ante la Alta Corte de Singapur con el objetivo de que la criminalización de las relaciones homosexuales masculinas, consideradas delito por la sección 377-A de su Código Penal, sea declarada inconstitucional.
La valiente decisión de Lim y Chee se produce tres meses y medio después de que el Tribunal de Apelación de Singapur autorizara la presentación de otra demanda contra la sección 377-A que en su momento la Alta Corte desestimó tomar en consideración. Esa primera demanda fue interpuesta en representación de Tan Eng Hong, detenido tras ser descubierto practicando sexo oral con otro hombre en los baños de un centro comercial. Hong se enfrentaba entonces a una posible pena de dos años de cárcel, aunque luego se decidió acusarlo de un delito no contra la sección 377-A, sino contra la sección 294, que castiga de forma genérica los actos obscenos en lugares públicos, argumento que la Alta Corte utilizó para rechazar el caso.
Al caso de Tan Eng Hong se une ahora la demanda de Lim y Chee, que aunque no se sienten directamente amenazados por una penalización que en la práctica se aplica cuando las relaciones homosexuales tienen lugar en privado, no deja de etiquetarles como «criminales» y permite en cualquier caso que cualquiera pueda denunciarles.
Singapur es una ciudad-estado del sudeste asiático, con una economía capitalista fuertemente desarrollada. Poblada por diferentes grupos étnicos y religiosos, la mayor parte de su población es de origen chino, aunque hay una elevada proporción de malayos e indios. La religión más practicada es el budismo, si bien existen importantes minorías musulmana y cristiana. Es, en cualquier caso, una sociedad globalmente muy conservadora.
Singapur no despenalizó hasta 2007 tanto el sexo oral como el sexo anal, pero sólo para heterosexuales. Las relaciones homosexuales masculinas siguen penalizadas como “actos de indecencia” de acuerdo a la ya mencionada sección 377-A del Código Penal, aunque en la práctica no se persiguen, siempre y cuando se practiquen, como dijimos arriba, en privado. De hecho, en 2006 se anunció una reforma para despenalizarlas que nunca se llegó a materializar. Tímidamente empieza además a surgir un movimiento en favor de los derechos de las personas LGTB (hace ahora tres años hacíamos referencia a una concentración en su apoyo).