Un tribunal francés permite a una mujer transexual modificar sus datos registrales sin someterse a cirugía de reasignación
Una mujer transexual francesa ha visto reconocida legalmente su identidad de género sin necesidad de someterse a cirugía de reasignación gracias a la decisión de un tribunal de Agen, en Aquitania. Una buena noticia que sin embargo pone en evidencia la situación de gran atraso que viven las personas transexuales en Francia, sin una legislación que regule la modificación registral del sexo sin depender de una decisión judicial.
La mujer contaba con el apoyo del Ministerio de Justicia francés, que ya desde 2010 no considera requisito imprescindible la cirugía de reasignación de sexo para proceder a la modificación registral, pero que sigue haciendo depender la decisión de los tribunales, dando lugar a situaciones a veces esperpénticas, como la vivida por Delphine Ravisé-Giard, cuya historia recogíamos precisamente en 2010. Tras una primera negativa de la justicia, motivada por el hecho de que Delphine se negó en redondo a aportar un certificado que demostrara que se había sometido a cirugía de reasignación, se le objetó que en cualquier caso sus pechos eran demasiado pequeños. Delphine, trabajadora de una base militar, ya había conseguido la modificación de su situación laboral en el Ejército, que la consideraba una mujer a todos los efectos.
Lo cierto es que la discriminación de las personas transexuales en materia registral sigue estando a la orden del día incluso en países considerados avanzados en materia social. Hace días nos hacíamos eco precisamente de otra decisión judicial, en este caso en Suecia, que consideró inconstitucional y contraria a la Convención Europea sobre Derechos Humanos la ley que obligaba a las personas transexuales que quisieran modificar su situación registral a someterse a esterilización, requisito que también en los Países Bajos está en proceso de abolición.
Más favorable es la situación en España, donde sin embargo la ley 3/2007 hace necesario todavía un diagnóstico de “disforia de género” y exige (aunque con excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Un marco legislativo que ha quedado atrasado respecto, por ejemplo, al de Argentina, que hace menos de un año aprobaba una avanzada ley de identidad de género que permite la rectificación registral sin obligación de acreditar intervención quirúrgica alguna ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.