"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Confusión en Colombia tras vencer el plazo fijado por la Corte Constitucional para que el Congreso regulara las uniones del mismo sexo

Este 20 de junio de 2013 es la fecha límite fijada hace dos años por la Corte Constitucional de Colombia para que el Congreso de ese país legislara el reconocimiento jurídico de las parejas del mismo sexo con los mismos derechos que el matrimonio civil. Si pasado ese plazo el Congreso no legislaba, estas parejas podrían acudir ante notario para legalizar su unión con derechos similares a los del matrimonio… Llegado el día, la confusión más absoluta reina sobre la materia.

De aquellos polvos, estos lodos. En julio de 2011 la Corte Constitucional de Colombia quiso ejecutar la cuadratura del círculo y contentar a todos: garantizar iguales derechos a las parejas del mismo sexo pero preservando la competencia del legislativo para reformar la normativa de matrimonio y abrirlo a las parejas del mismo sexo o en su lugar legislar una figura jurídica equivalente. Le dio para ello dos años. Un periodo durante el cual el Congreso ha retrasado abordar el tema, hasta que hace unos meses optaba por discutir la solución más acorde con la exigencia de estricta igualdad de la Corte: la modificación del Código Civil reconociendo el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio.

La propuesta fue promovida por el senador Armando Benedetti, del Partido de la U (el partido del presidente colombiano, Juan Manuel Santos). Ello no evitó la virulenta reacción de los sectores más conservadores, encabezados por el procurador general Alejandro Ordoñez, un personaje fuertemente homófobo alrededor del cual se articuló un bloque de legisladores que si bien representan a distintos partidos están muy vinculados a la iglesia católica y a grupos evangélicos. Finalmente la propuesta era rechazada por el Senado después de que los legisladores del Partido de la U y del Partido Conservador alcanzaran un acuerdo para sustituir el matrimonio por una denominada “unión solemne”. Unión que por cierto no se ha llegado a legislar.

¿Qué pasará ahora? No está claro. La Unión Colegiada del Notariado de Colombia ha elaborado un modelo de contrato denominado «formalización y solemnización del vínculo contractual», que de facto crea una nueva institución jurídica no mencionada en las leyes de Colombia y que muchos consideran un «solemne engaño» que en modo alguno podrá garantizar los mismos derechos que el matrimonio. El propio presidente de los notarios, Álvaro Rojas, ha reprochado a la Corte Constitucional que no fuera más clara. «Matamos el tigre y nos asustamos con la piel. Faltó ponerles los puntos a las íes. Ahí está el quid del fallo. Nos tiraron la pelota a los notarios, que no estamos para ello», ha declarado.

Por nuestra parte, nos hacemos eco de los consejos que el colectivo LGTB Colombia Diversa ha elaborado. Colombia Diversa considera que el verdadero contrato que los notarios están obligados a ofrecer, en ausencia de una ley aprobada por el Congreso, no es otro que el mismo contrato matrimonial que ofrecen a las parejas de distinto sexo. Esta organización rechaza cualquier otro tipo de contrato no regulado por ley alguna y que carece de mecanismos claros para exigir los derechos como parejas ante fondos de pensión, comisarías de familia, fiscalía, relaciones exteriores, etc.

Colombia Diversa recuerda que al margen del matrimonio Colombia ya reconoce a las parejas del mismo sexo (precisamente en base a jurisprudencia de la Corte Constitucional) el derecho a la unión marital de hecho y recomienda expresamente a aquellas parejas que se quieran casar NO FIRMAR documentos que no sean de matrimonio civil. Dada la controversia legal, es posible que notaría o juzgado nieguen el matrimonio. Si es así, Colombia Diversa recomienda interponer una acción de tutela. Si esta no ordena el matrimonio, debe impugnarse ante una segunda instancia judicial y finalmente esperar un posible fallo de la Corte Constitucional.

Más información en www.matrimonioigualitario.org. Allí puedes descargar los modelos de solicitud de matrimonio civil ante juzgados y notarías.

Comentarios
  1. Facu
  2. elio cesar
  3. YoClaudio
  4. Nazareno
  5. Oscar

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