"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La Corte de Apelaciones no decidirá sobre el matrimonio igualitario en Puerto Rico hasta la sentencia del Tribunal Supremo

La Corte de Apelaciones del 1er. Circuito no escuchará los argumentos orales en el caso de la prohibición del matrimonio igualitario en Puerto Rico hasta el fallo al respecto del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Este último se espera que se produzca a finales del próximo mes de junio, fecha a partir de la cual la Corte de Apelaciones fijará el calendario de audiencias.

En una orden ejecutiva fechada este 14 de abril, la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito ha denegado la solicitud de los demandantes de fijar la fecha de presentación de los argumentos orales en el recurso presentado contra la sentencia del juez Juan M. Pérez-Giménez, que ratificaba la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Puerto Rico. En cambio, la Corte sí ha establecido que en el plazo de 14 días desde la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos sobre las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario dictadas por la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, las partes presenten sus propuestas de calendario para los procedimientos pendientes. Se espera que la decisión del alto tribunal tenga lugar a finales del próximo mes de junio.

Esta decisión ha resultado decepcionante para muchos, toda vez que la composición de la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito parece en principio favorable a los derechos LGTB. Sin embargo, este tribunal no ha tenido hasta ahora oportunidad de dirimir sobre la cuestión del matrimonio igualitario, porque en el resto de los estados de su jurisdicción, Maine, Massachusetts, New Hampshire y Rhode Island, ha sido aprobado por decisión de sus Cortes Supremas, sus Parlamentos o mediante referéndum. Las esperanzas sobre un fallo positivo se habían avivado aún más después de que la Fiscalía de Puerto Rico comunicase que no defendería ante el tribunal la sentencia del juez Pérez-Giménez.

Los expertos, no obstante, no ven en esta decisión una actitud hostil o reacia a los derechos LGTB por parte de la Corte de Apelaciones, sino simplemente un problema de calendario. Fijar audiencias para la presentación de los argumentos orales favorables, las réplicas y contrarréplicas, más la recepción de todo tipo de informes y propuestas por parte de asociaciones y organismos implicados, ajustándose a los plazos establecidos en la normativa judicial, haría que un fallo rápido de la Corte de Apelaciones tuviera lugar, como muy pronto, a mediados de junio. Todo ello sin que se produjeran demoras no previstas. Una fecha demasiado próxima a la prevista para el fallo del Tribunal Supremo como para que la Corte de Apelaciones no la tenga en cuenta. Parecida decisión tomó la Corte de Apelaciones de 11º Circuito en los recursos de Florida y Alabama, aunque en ambos casos las sentencias apeladas eran favorables.

Comentarios
  1. Oscar

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