La Corte Suprema de California celebra hoy la vista oral sobre la Proposición 8
Tal y como os anunciamos en su momento, la Corte Suprema de California celebra hoy 5 de marzo la vista oral en la que escuchará los argumentos a favor y en contra de la Proposición 8, la medida que fue aprobada en reférendum el pasado noviembre (por un 52% de los votos frente a un 48% en contra) y que modifica la Constitución de California para prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo. El referéndum se convocó mediante iniciativa popular (a través de la recogida de firmas) como reacción a la decisión del pasado mes de mayo de la misma Corte Suprema que abrió la puerta a dichos matrimonios al considerar discriminatorio que la legislación civil californiana no los permitiera.
Más allá del debate de fondo, la discusión jurídica parece centrarse en si el procedimiento de cambio constitucional seguido ha sido adecuado. Los partidarios del matrimonio entre personas del mismo sexo estiman que el cambio afecta de lleno a los derechos fundamentales de una minoría, que están especialmente blindados en la Constitución, y para cuya modificación se exige no sólo un referéndum, sino la aprobación mayoritaria del legislativo. Los grupos homófobos defienden que es una mera enmienda que, por el contrario, no modifica el ámbito de los derechos fundamentales, y por tanto sí puede utilizarse el procedimiento de iniciativa popular. Y es que a día de hoy otra posibilidad sería impensable, dado que las dos cámaras del legislativo se han manifestado explícitamente a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Entre los partidarios que defienden ante la Corte Suprema que se invalide el resultado de la Proposición 8, además de los diversos demandantes a título particular, se encuentra el propio Fiscal General de California, Jerry Brown. La Corte tiene hasta el 3 de junio para deliberar y emitir un dictamen que deberá aclarar además, en caso de que mantenga la validez de la Proposición 8, en qué situación legal quedan las aproximadamente 18.000 parejas del mismo sexo que ya se han casado en California.
Tal ha sido la expectación creada por la vista que se ha habilitado la posibilidad de seguirla por televisión e Internet a través de «The California Channel».
Vaya, parece que las crónicas están diciendo que pinta mal para el matrimonio gay… 🙁
Zarevitz, lo que yo he venido leyendo recientemente es que se espera que el Supremo dará validez a la Proposición 8 aunque considerará válidos los matrimonios celebrados. La anterior votación fue 4 a 3, y es muy posible que uno de los jueces cambie el sentido de su voto.
Habrá que esperar a ver el resultado, pero eso parece lo más probable a día de hoy.
Es lo que hay. Esta lucha es a muy largo plazo, desgraciadamente.
Yo siempre digo lo mismo: aquí, en España, un día de éstos nos podemos despertar con que el matrimonio entre personas del mismo sexo nunca existió por decisión del Constitucional…
Flick: «Yo siempre digo lo mismo: aquí, en España, un día de éstos nos podemos despertar con que el matrimonio entre personas del mismo sexo nunca existió por decisión del Constitucional…»
Que nunca ha existido y que nunca podrá volverse a instaurar. Porque en California, al menos, podrá revertirse la situación con un nuevo referéndum del 50%+1, pero en España, para modificar el artículo sobre matrimonio, hace falta una mayoría tan amplia que jamás la tendremos.
Jamás, hasta que el PP cambie de posición, pero yo no aguantaría la respiración hasta entonces.
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Sobre lo de California, por lo visto hay algunos jueces que, pese a apoyar el matrimonio gay en su momento, ahora sienten el fuerte peso de que un referéndum popular ha dicho lo contrario. El problema, para mí, es que dejaran en su día que este referéndum avanzase sin examinar antes si se cumplían los requisitos de procedimiento. Lo que lograron al abstenerse entonces fue cargarse ellos mismos con esta presión innecesaria; ahora, si quisieron hacerlo así entonces, que ahora apechuguen con las consecuencias y determinen —con independencia de que el pueblo haya votado a favor del referéndum— si el procedimiento fue válido o no. En caso contrario, si el Tribunal Supremo siempre va a dar por buena una reforma que apoye el 50%+1 del pueblo en referéndum, jamás podrá el Tribunal examinar si se han cumplido los requisitos de procedimiento que —no lo olvidemos— no son una invención judicial sino que derivan del propio texto de la Constitución.
Totalmente de acuerdo.
Por otra parte, si finalmente dan por buena la Prop 8 pero aceptan como válidos los matrimonios celebrados, la situación es que habrá 18.000 parejas casadas mientras todos los que se quieran casar a partir de ahora no podrán.
Si ese sinsentido no es discriminación, no sé entonces a que se puede llamar discriminación.
Zarevitz, una pregunta: si finalmente la salida que toman es la que indicáis, ¿no plantea eso un problema más grave? Quiero decir, la equal protection clause no puede ser tomada a la ligera. Muchas de las personas que se oponen al matrimonio entre personas del mismo sexo defienden su argumentación diciendo que no se viola esa cláusula, pero si se reconoce la validez de los 18000 matrimonios celebrados hasta ahora y se prohíben los del futuro, al ser entre «iguales», ¿no supondría eso una clara violación del principio? A ver qué opinas tú….
uhm, me parece un argumento demasiado sofisticado. Veamos el escenario: imaginemos que la Prop 8 es declarada válida y que, por consiguiente, es constitucional la discriminación de gays y no gays en materia de matrimonio. Es decir, una pareja gay no podrá reclamar el matrimonio por el mero hecho de que una pareja hetero sí pueda casarse. Esa imposibilidad no vulnerará la equal protection porque tenemos otro artículo de la constitución que establece de manera excluyente el matrimonio hetero.
Ahora, si te entiendo bien, Ave, el argumento iría por la comparación entre parejas gays. Un matrimonio gay (pre-Prop 8) tendrá acceso a beneficios estatales que una pareja gay actual no tendrá porque se les veta el acceso al matrimonio. [Podría decirse que la domestic partnership ya les da los mismos derechos, pero consideremos —porque creo que es cierto— que el nombre ya es un derecho importante por sí mismo.]
La reclamación sería que se está discriminando a la pareja gay no casada frente a la pareja gay casada. Claro, el fundamento de la discriminación no puede ser —como ocurría con los matrimonios heteros— el nuevo artículo de la Constitución de California, sino que nos tendríamos que ir, como dice Ave, a la equal protection.
¿Pero cuál sería entonces la petición al tribunal? ¿Que deje que las parejas gays se casen? Eso es imposible, porque lo prohíbe la Prop 8. Lo único que se me ocurre es pedir que las parejas gays casadas antes de la Prop 8 dejen de tener acceso a los beneficios reservados a los matrimonios, lo que en la práctica parecer ser únicamente que dejen de llamarse «matrimonio».
Sería tan extraño que alguien que reclama porque no ha accedido a un derecho pida a un tribunal que otros en su situación se vean privados de él, que creo que lo más probable es que, en el juicio actual, el Tribunal Supremo de California prive a los matrimonios gays de ese nombre y los convierta en domestic partnerships.
Para mí, además, sería la única forma lógica de leer la Prop 8. Lo de salvar los matrimonios ya celebrados me parece una muestra de mala conciencia (de los jueces que van a apoyar esa enmienda), que una decisión racional. Y el caso que propone Ave —y las incoherencias a las que conduce— me parece el mejor ejemplo de ello.
En el caso de España, creo que lo he comentado más veces aquí, quizá se puedan salvar los divorcios (the gay divorcee), las adopciones y algún otro caso en el que haya un proceso judicial que haya finalizado, en el que se haya tenido en cuenta el estatus matrimonial de la pareja. Pero todo lo demás, lo perderíamos.
Por cierto, el riesgo no lo tenemos solamente en el Constitucional. Lo tenemos también en la derogación de la ley de matrimonio.
Estoy muy de acuerdo con tu explicación Zar, por eso lo planteo. Lo único que evitaría que se produjese este conflicto con la equal protection clause sería, efectivamente, el «downgrading» por así decirlo de los matrimonios ya celebrados al estatus de domestic partnerships. De lo contrario… no sé con qué pirueta jurídica lo justificarían, porque una cosa es defender que hetero y homosexuales son dos grupos diferenciados y que a los primeros les corresponden en conjunto un nombre y unos derechos X a los que los segundos no pueden tener acceso (apartheid de facto aunque culturalmente aceptado) y otra muy distinta es decir que un grupo de homos tiene más derechos que otro grupo de homos, porque eso sí choca frontalmente con la equal protection…
Ya digo que difícil papeleta, claro que los jueces estos lo saben muy bien y habrá que leer con mucha atención su fallo y las argumentaciones de los dos.
Sería un poco lo mismo que hizo el Supremo de Massachussets, pero en dirección contraria entonces, ¿no, Zar? Es decir, dar instrucciones al legislativo para que tomen las medidas necesarias para acomodar la realidad de esos 18000 matrimonios a una domestic partnership y además dar los pasos necesarios para dotar a esas uniones de derechos equivalentes (?) a los de un matrimonio…. uffff…. menudo lío.
No lo sé, la verdad. No parece que haya precedentes de una situación así, en la que un derecho fundamental reconocido por los tribunales a una minoría y ejercitado después por ciudadanos de esa minoría, sea posteriormente eliminado mediante reforma constitucional con apoyo de una mayoría de la población. En concreto, se está juzgando una cuestión de procedimiento, pero lo mismo que se está aplicando al matrimonio, mañana podrá aplicarse a cualquier otro derecho fundamental.
«En concreto, se está juzgando una cuestión de procedimiento, pero lo mismo que se está aplicando al matrimonio, mañana podrá aplicarse a cualquier otro derecho fundamental»
Exacto. Desde luego es bastante peliaguda la cuestión. Creo que están atrapados por ambos lados… y que paradójicamente la solución más fácil (aunque no la más popular) será tirar abajo la Prop 8.
Mira veo precisamente que es una de las preguntas que Ronald George plantó a los abogados:
“George asked attorneys whether the constitution could be considered a “one-way street” that is used only to expand rights.”
http://www.washblade.com/thelatest/thelatest.cfm?blog_id=24361
Joder me he quedado de piedra cuando he leído quién es el defensor de la Prop 8. Ni más ni menos que Kenneth Starr.