Portugal aprueba la autodeterminación de género, aunque persisten limitaciones en menores de 18 años tras el veto presidencial al proyecto original
Magnífica noticia: la Asamblea de Portugal ha aprobado con mínimos cambios (referidos a los menores de 16 a 18 años) la nueva ley de identidad de género, que el presidente de la República Portuguesa, el conservador Marcelo Rebelo de Sousa, había vetado en mayo. El voto positivo del Partido Comunista, que cuando se votó el proyecto por primera vez se abstuvo, permite además que el texto cuente con el respaldo de la mayoría absoluta de la cámara, lo que asegura su aprobación en caso de que el presidente insista en bloquearla.
La nueva ley elimina la necesidad de un diagnóstico de «trastorno de identidad de género» para proceder a la modificación del sexo registral y reduce de 18 a 16 años el límite de edad a partir de la cual se puede solicitar la modificación. También contempla el tratamiento en las escuelas de los menores de acuerdo a su identidad y la prohibición de que los bebés intersexuales sean sometidos a cirugía para asignarles un sexo u otro.
Impulsada por el Gobierno socialista portugués, la primera versión de la ley fue aprobada por la Asamblea de Portugal el pasado 13 de abril con el apoyo del gobernante Partido Socialista, del Bloque de Izquierda, de Los Verdes y del Partido de las Personas, los Animales y la Naturaleza (PAN). El Partido Social Demócrata (PSD), socio europeo del PP español, votó en contra (con la única excepción de la diputada Teresa Leal Coelho) junto con los democristianos del CDS-PP. El Partido Comunista, que cuenta con 15 diputados, se abstuvo.
El presidente de la República Portuguesa, sin embargo, decidió vetar la ley (en nuestra anterior entrada lo explicamos con detalle) y pidió a la Asamblea que introdujese como exigencia para proceder a la modificación legal del sexo legal en menores de 18 años un informe médico previo favorable. La situación se complicaba por el hecho de que la abstención comunista dejaba la ley sin mayoría absoluta, necesaria para levantar el veto presidencial.
Finalmente, Partido Socialista, Bloque de Izquierda PAN acordaban presentar una enmienda al artículo 7 del proyecto que introduce, en el caso de los menores, el requisito de un informe médico o psicológico, pero no para certificar ningún diagnóstico, sino para acreditar que el menor que hace la petición lo hace de forma libre e informada y cuenta con su consentimiento expreso. La enmienda señala expresamente que dicho informe no podrá incluir referencias a ningún tipo de diagnóstico relacionado con la identidad de género. Se trata de una solución «intermedia» que ha sido además apoyada por Verdes, Partido Comunista y por la diputada Teresa Leal Coelho, del PSD, lo que permite que la redacción final de la ley cuente, en este caso sí, con mayoría absoluta. En caso de nuevo veto presidencial, por tanto, la Asamblea podría levantarlo sin necesidad de cambiar el texto.
Esperemos que en esta ocasión Marcelo Rebelo de Sousa sancione la ley, que colocará a Portugal en el grupo de países más avanzados de Europa por lo que al reconocimiento de la autodeterminación de género se refiere.
Autodeterminación de género, una demanda imparable, también en España
Portugal sigue el ejemplo de otros países de nuestro entorno como Grecia, Irlanda, Dinamarca, Malta o Noruega, que también han actualizado en los últimos años sus leyes para adaptarlas al principio de autodeterminación de género. En España, mientras tanto, la ley 3/2007 no ha sido todavía actualizada, por lo que sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. Y en el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.
En este momento, se tramita en el Congreso una proposición socialista que elimina la necesidad del diagnóstico médico o psicológico para proceder a la rectificación registral y facilita el acceso a esta de las personas extranjeras y de los menores transexuales (sin necesidad de intervención judicial). La iniciativa fue registrada en febrero de 2017, si bien no fue hasta noviembre cuando el pleno del Congreso aprobó iniciar la reforma, con la oposición del PP, y no ha sido hasta febrero cuando la Mesa del Congreso, controlada por PP y Ciudadanos, desbloqueó su avance. Estamos en julio, y la proposición sigue sin ser aprobada.
Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha registrado en el Congreso una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Se trata de una propuesta legislativa que va más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta contempla además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades.