La Corte Constitucional de Colombia se lava las manos: es el Congreso el que debe decidir si aprueba o no el matrimonio igualitario
No pudo ser, pese a las expectativas. Finalmente la Corte Constitucional de Colombia ha decidido no considerar inconstitucional que las parejas del mismo sexo no puedan contraer matrimonio en ese país. Un fallo que, acordado por unanimidad, arroja sin embargo un resultado positivo, al establecer que las parejas del mismo sexo sí tienen derecho a «conformar una familia». La Corte da además un plazo de dos años al legislativo colombiano para que legisle de una forma u otra el reconocimiento de las uniones homosexuales.
La Corte Constitucional de Colombia considera que la definición de matrimonio es competencia del legislativo, que desde 1887 ha reservado dicha institución jurídica para la unión entre un hombre y una mujer. Y previsiblemente así seguirá siendo, dada la composición ideológica del Congreso colombiano, en el que las fuerzas conservadoras tienen mayoría. El Congreso, eso sí, tiene ahora un plazo de dos años para legislar el reconocimiento jurídico de las uniones del mismo sexo. «El nombre de la institución, llámese matrimonio civil o de cualquier otra forma, es de resorte del Congreso», determina la Corte.
Si pasado ese plazo el Congreso no ha legislado, las parejas del mismo sexo podrán acudir ante un notario para legalizar su unión con derechos similares a los del matrimonio civil.
En definitiva, un fallo decepcionante, pero que pese a todo contiene dos aspectos que han sido valorados positivamente por activistas LGTB: no se decanta por el matrimonio heterosexual como el único posible (simplemente determina que establecerlo así o abrirlo a las parejas del mismo sexo es competencia del legislativo) y establece un plazo temporal concreto para que las parejas del mismo sexo obtengan una seguridad jurídica superior a la que ya tienen reconocida por sentencias anteriores de la propia Corte Constitucional (las dos últimas, que igualaban los requisitos para acceder a pensión y establecían el derecho de herencia entre los miembros de las parejas del mismo sexo, se produjeron en enero y en abril de este año, respectivamente).
«Sé que la decisión puede parecer tibia o acomodada, como se ha dicho airadamente en las redes sociales. A mí, personalmente, me parece insuficiente pues creo que la Corte cuando encuentra una discriminación tiene el deber de actuar inmediatamente para corregirla. Pero no se puede desconocer tampoco que como estaba la discusión al interior del tribunal, la transacción a la que se llegó no es la más desafortunada. Por el contrario, hace reconocimientos históricos fundamentales y nos deja con mejores opciones para seguirla luchando tanto en el Congreso como en la cultura colombiana. Además, tiene la solidez y legitimidad de haber sido tomada de manera unánime», ha opinado por ejemplo Nelson Camilo Sánchez, de la organización DeJusticia.
Pinchando aquí puedes escuchar una entrevista radiofónica al presidente de la Corte Constitucional, magistrado Juan Carlos Henao, en la que este explica las claves del fallo.
La adopción homoparental, pendiente
Queda pendiente todavía que la Corte Constitucional de Colombia se pronuncie sobre otro derecho reclamado por las parejas del mismo sexo: la adopción. El tema quedó fuera del pronunciamiento del martes, pero el alto tribunal deberá definirse en breve, al figurar en su agenda una acción de tutela interpuesta por una pareja de lesbianas para que una de las mujeres pueda figurar como madre de la hija biológica de su pareja.
Un pronunciamiento que originalmente debía haberse producido en marzo pero que se ha ido retrasando.
Fallo decepcionante, y vergonzoso (otros países en situación similar a la colombiana si fueron más firmes en sus sentencias, sin titubeos), porque tenían los votos necesarios para dar luz verde al matrimonio igualitario de una buena vez. Se lavaron las manos, eso si, discretamente, para no verse que se han subordinado a los grupillos homófobos, poniendo esas condiciones que ya he explicado, no me parecen del todo razonables: da mucho tiempo a los detractores para hacer y elevar una prohibición total al matrimonio igualitario, y eso de que tendrá «todos los derechos», eso lo veremos.
Eso sí, en dos años.
Ésto me recuerda a lo que pasó con el TC italinano, que le acabó pasando la pelota al gobierno.
A diferencia de lo que dice Quique no hubo los cinco votos necesarios. Solo hubo cuatro a favor, tres en contra y dos a favor de darle la pelota al Congreso. O así estaban las cosas el viernes pasado.
Mi experiencia fue de expectativa. Los días anteriores hice comentarios en la página de facebook de la Corte Constitucional, y cuando supe la primicia, por una breve nota de la W me sentí decepcionado.
Invito a mis amigos de Dos manzanas a escuchar la entrevista dada por el Magistrado Juan Carlos Henao a la radio. Creo que la entrevista es buena. Bien podría Flick incluirla en esta entrada para complementarla, o quizás en otra:
http://wradio.com.co/oir.aspx?id=1515835
Olvidaba mencionar dos cosas buenas del fallo (porque hay que ver siempre lo positivo en medio de todo)
1. Argumentar que las parejas del mismo sexo «constituyen familia» es algo valiosísimo. Le resta un argumento que los homófobos utilizan para bloquear el matrimonio igualitario, y que disn duda dilataría los debates en el Congreso. Este presendente también puede usarse a favor para el fallo de adopción homoparental que la misma Corte debe decidir dentro de un mes.
2. En años anteriores la C.C. declaró que la eutanasia es válida según la Constitución, pero le envió al congreso la responsabilidad de regularla. Este, que es un nido de conservadorers, ignoro el pedido u no lo ha hecho, haciendo que en la práctica sea difícil, por no imposible, hacer uso de ella. Con el plazo de dos años la C.C. evita que estovuelva a ocurrir con las aprejas del mismo sexo.
A ver tampoco hay que cargar ahora con antorchas contra los magistrados de la corte, puesto que en las condiciones que trabajan no me extraña que ciertos temas se quiten la pelota de su tejado….esos magistrados son unos autenticos heroes trabajando las 24h del dia amenazados de muerte las 24h del dia amenazados por el gobierno amenazados por la exteema derecha y muchas veces peleando entre ellos. como se dice en Colombia «deben estar mamaos» de esas condiciones y simplemente pasaron la pelota al congreso.
Si se lee el fallo se puede considerar bastante logico que lo pasaran al legislativo puesto que la constitucion no permite que la corte pueda dar un fallo a favor nuestro…para muchos «decepcionados» cabe recordar que la corte no hace las leyes, la corte tiene que velar por que se respete la carta magna y nada mas, esa es su mision! yt si en la carta magna pone que no se puede pues no se puede…
Por otra parte, ya nos podemos ir olvidando de que aprueben nada a favor nuestro pues que la «unidad nacional» tiene el 90% de los asientos en el congreso y ningun partido de tan «digna» coalicion esta a favor de nada para nosotros (excepto el Partido Liberal) asi que ale a echarse a llorar… (al menos yo de decepcion)…
Eso si dos puntos positivos: 1- que si el legislativo no hace un huevo en estos dos años…pues al final por inaccion nos podremos acabar casando…(y puede darse el caso porque la «unidad nacional» son unos cobardes) y 2- la discusion se ha abierto en Colombia de una manera que nunca me habria imaignado…y eso es bueno.
Si se me permite ser escéptico, de todos modos no me creo que esto vaya a ser tan fácil, eso de que «o el legislativo hace algo en un plazo de dos años o si no puedes solicitar registrar tu unión de pareja a una notaría» suena sencillo, pero dos años es un tiempo nada despreciable. Dicho sea de otro modo, la pregunta no es si los detractores van o no van a hacer algo para impedir la igualdad, sino ¿que es lo que van a hacer? Porque es un 95% de probabilidad a que si harán algo, son dos años y en Nueva York solo les tomó un día después de que la ley entró en vigor para comenzar a fastidiar, y el hecho de que las fuerzas conservadoras sean mayoría en el congreso tampoco ayuda mucho que digamos.
En fin, para mí el lado que hay que tomar en cuenta aquí, es solo uno: la comunidad LGBT colombiana debe estar muy atenta, en realididad antentísima, ante cualquier movimiento carca, porque donde se duerman aunque sea un poco tendrán una explícita prohibición total al matrimonio igualitario, y/o una ley descafeinada y con limitaciones cuando se dijo que se aprobaría una que tuviese todos los derechos (del tipo matrimonio igualitario o a la británica, pero eso todavía lo veremos); el argumento de familia dado por la corte puede servir, pero no hay que hacer confianza. Igual dada la composición del congreso, al menos me conformaría a estas alturas con que no elevaran una prohibición total.
Lo hecho, hecho está. La función debe continuar y a estar al pendiente de que es lo que ocurrirá en esos dos años.
No se decepcionen queridos amigos colombianos. La lucha por el Matrimonio Igualitario está hecha de pequeñas conquistas. Paso a paso lograrán la victoria, como sucedió en Argentina.
Saludos desde Buenos Aires y a redoblar los esfuerzos sin nunca bajar los brazos.
En fin, creo que tienes razón Graciela, casi olvidaba que de poquito en poquito se van construyendo los logros, gracias por recordarlo compañera :-)…
Mi chico es colombiano, y estaba muy ilusionado con casarse en su país de origen, no tenía las expectativas al 100% de que la corte diera luz verde de una vez al matrimonio igualitario porque por evidentes razones ya conoce bien la realidad de Colombia, pero igual las tenía porque había posibilidades de sí. Pero se decepcionó un poco con esa decisión, y eso hizo que me enojara mucho por esa decisión, olvidando que paso a paso hemos podido abrirnos paso hacia la igualdad.
Aún asi, sigo sosteniendo que los activistas lgbt colombianos deben tener cuidado en esos dos años para evitar que el homofobo en turno les salga con una desagradable sorpresa. Si en dos años no hay una respuesta favorecedora ni modo, tendremos que ir a Islandia, jaja, pero igual la lucha seguirá 😀
Un saludo!
Ya el procurador general (el obispo en el gobierno)planteó pasar una ley de «objeción de conciencia» con el fin de evitar futuros matrimonios gay o que se practiquen abortos en las tres excepciones planteadas por la ley.
Ahora es Uruguay quien puede llegar a ser la segunda nación latinoaméricana en tener matrimonio igualitario.
yo tambien me decepcione mucho….pero en estos temas (en cuanto a ilusiones se refiere) los colombianos estmaos curados de espanto!
Pues ATENCION!! nuevos y novedosos movimientos respecto al matrimonio homosexual en Colombia. Dos de los partidos de la Unidad Nacional (Cambio Radical y el Partido Liberal) se han posicionado a favor del matrimonio igualitario, esto sumado a la izquierda (PDA) a los ecologistas de traje (Partido Verde) y los partidos minoritarios como la ASI (indigenas) y AICO( afros)….
Por el contrario tenemos radicalmente opuestos a los dos partidos de la extrema derecha cavernicola del siglo X…el Partido Conservador y el PIN.
Vamos que topdo va a depender del PSUN el partido del presidente…
en el Senado sobre 102 curules, entre el PV PDA PL CR ASI AICO suman 41 votos….veremos la correlacion de fuerzas
Colombiano: Creo que son cuentas alegres. Hay que tener en cuenta que el Partido de la U, pactó con la Misión Carismática Internacional oponerse al matrimonio igualitario y la adopción homoparental. También tener en cuenta que la bancada más grande es la conservadora.
Bueno, por fin se ha publicado el texto de la sentencia, es la última de las que aparecen relacionadas en este enlace:
http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/SENTENCIAS%20DE%20CONSTITUCIONALIDAD%20DE%20INTERES11.php
Para mi, tras la decepción inicial, si hay puntos muy positivos en la sentencia, por un lado las formalizaciones contractuales de las que habla la sentencia no hablan tan sólo de un notario, sino que incluyen a un juez:
«ADVIRTIÓ QUE SI PARA EL 20 DE JUNIO DE 2013 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA NO HA EXPEDIDO LA LEGISLACIÓN CORRESPONDIENTE, LAS PAREJAS DEL MISMO SEXO PODRÁN ACUDIR ANTE NOTARIO O JUEZ COMPETENTE A FORMALIZAR Y SOLEMNIZAR SU VÍNCULO CONTRACTUAL»
Algo que para mi da mucho más alcance a la sentencia, en mis cortos conocimientos jurídicos, opino que si para julio de 2013 el legislativo no ha regulado lo que ordena la Corte, un juez podría actuar por su cuenta en aplicación de la sentencia, según su criterio, y es muy probable que la cuestión retornase en ese momento a la Corte Constitucional.
Otros aspectos de la sentencia también me parecen muy positivos, como la hacer expreso que las parejas no heterosexual constituyen familias, con el mismo alcance que las heterosexuales.
Por otro lado, la sucesión de sentencias de la Corte sobre los derechos de las personas LGBT en estos últimos años, y especialmente esta última, ha dado lugar a una rápida evolución en las posturas expresadas en los medios de comunicación y ahora finalmente entre los partidos políticos, algo que seguramente está calando hondo en la opinión pública.
Evidentemente habría sido mucho mejor una sentencia a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo, pero yo creo que ahora mismo se ha abierto un debate en Colombia sobre la cuestión que va a ser complicado de cerrar. Es muy significativo que haya formaciones conservadores, tradicionalmente opuestas a cualquier tipo de regulación que reconozca jurídicamente las parejas no heterosexuales, que están realizando propuestas legislativas en lo que a mi me parece un intento desesperado para evitar, o al menos retrasar, la previsible equiparación plena de derechos entre matrimonios heterosexuales y parejas del mismo sexo.
Habrá que ver además cuantas formaciones políticas y figuras destacadas deciden apoyar directamente el matrimonio entre personas del mismo sexo, y su evolución en las próximas convocatorias electorales.
A mi me parece que el resultado final puede ser mucho más favorable que el que causaban las primeras impresiones.
oye yo no es por ser muy pesimista…pero los que sois tan optimistas..COMO SE NOTA QUE NO OCNOCEIS COLOMBIA!! yo he escuchado mas congresistas decir que los gays deberiamos de ir a campos de concentracion, que congresistas diciendo que deberiamos tener derechos…
Bueno, yo no conozco la situación de ese país tan de primera mano como tu, obviamente, sólo puedo juzgar lo que conozco a través de los medios de comunicación. En cualquier caso, te invito a leer el enlace que he dejado con mucho atención, buena parte de lo que se dice allí no ha transcendido hasta los medios de comunicación. Por ejemplo, la mención de un juez competente es para mi algo clave, sin esa referencia expresa el camino previsible a seguir sería que el legislativo dejase pasar los dos años sin intervenir, obligando a las parejas del mismo sexo a acudir a un notario y a hacer valer sus derechos a través de largos pleitos jurídicos. Pero al aparecer la figura del juez, la situación se podría resolver de forma sorprendente, un juez tiene facultad para unir en matrimonio, sobre todo si es «competente»…
Por otro lado, está claro que la sentencia desvincula el concepto de familia y el de matrimonio, llegando incluso de forma implícita a eliminar el requisito de paternidad o maternidad consanguínea, aunque evite pronunciarse sobre el termino «procrear» del código civil.
A mi la sentencia me parece que es algo similar a lo que dispuso la Corte Suprema de Nueva Jersey hace algunos años: Las parejas del mismo o de distinto sexo deben de tener los mismos derechos, sea cual sea la denominación de la figura jurídica que las reconoce.
Nada impediría que, si una diferencia en la denominación, implicase una diferencia en los derechos, la Corte pudiera volver a pronunciarse en el futuro.
Olvida señalar que, otro aspecto ha destacar, es que la sentencia, al menos por lo que ha transcendido, es unánime. Esto desarma los argumentos diseñador para desprestigiar lo acordado acusando a determinados magistrados de redactar una sentencia ideológica o política, y no jurídica. Y además complica mucho la vida a los que pretendían descalificar la decisión acusándola de interferir en las competencias del Legislativo.
Mira la corte suprema de justicia podra decir cosas muy bonitas en su fallo (las dice) pero la corte suprema de justicia de la Rpeública de Colombia la unica competencia que tiene es la de hacer cumplir la constitucion, entonces como bien dice en su fallo la constitucion y el codigo civil no permiten las uniones homosexuales porque especifica que el matrimonio y la familia es tre un hombre y una mujer….por lo tanto aunque en el fallo se dice que es el congreso (camara de representantes y senado) quien tiene que legislar…en verdad habria que hacer una reforma constitucional y eso es un lio padre! porque para hacer una reforma constitucional habria que hacer un referendum para refrendarlo y en fin….cualquiera que sepa en que pais vivimos sabemos que…en Colombia ni en el 2050 ganamos un referendum sobre esto….y segundo: antes del referendum evidentemente primero lo tendria que aprobar el congreso en pleno y eso a dia de hoy es imposible…como hice las cuentas anteriores los votos no dan…
Es mas me temo que la derecha aligarquica terrateniente y ultra catolica lejos de negar la posibilidad lo que van a hacer es que lo van a prohibir….el Partido Conservador y el PIN ya lo han dicho quieren llevar a rango constitucional la prohibicion del matrimonio igualitario es decir llevarlo a referendum (como en california)….es decir perderemos el referendum….como dije antres Colombia no es Argentina…pero en nada.
Bueno, entiendo que la sentencia interpreta la constitución, digo yo….
El artículo 42 de la Constitución de Colombia establece lo siguiente:
«La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.»
Hasta donde llega mi comprensión, esa redacción implica que el matrimonio entre un hombre y una mujer es uno de los vínculos jurídicos que constituyen una familia, pero caben desde luego otros vínculos jurídicos, y tamibién los «vinculos nauturales». Además, basta la «voluntad responsable» para conformar una familia, y aquí precisaríamos la ayuda de un buen linguista para saber si para esa «voluntad responsable» se precisa de un hombre y una mujer…
Sobre el matrimonio, en general, lo que establece la Constitución es que:
«Las formas del matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los deberes y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, se rigen por la ley civil.»
Aquí no tengo ninguna duda, es obvio que según este párrafo es perfectamente posible regular el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Olvidé enlazar el artículo, sorry:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/cp/constitucion_politica_1991_pr001.html#42
He encontrado esta entrevista a un constitucionalista colombiano, y yo creo que sus puntos de vista permiten una visión bastante optimista sobre la cuestión. Por cierto que el enlace que yo dejo sobre la sentencia, no es tal, la sentencia aún no ha sido publicada y se trata tan sólo de un mero resumen. Los términos exactos están por conocer, y será entonces cuando se pueda saber con certeza cuales son las implicaciones:
http://www.eltiempo.com/justicia/habra-matrimonio-igualitario-en-colombia_10062492-4
muy buena informacion nazareno!!