La Corte Suprema de California hará pública el martes su sentencia sobre la validez o no de la Proposición 8
Ante la gran expectación suscitada y los rumores circulantes durante la pasada semana, la Corte Suprema de California ha publicado en su página web el anuncio oficial de que el próximo martes dará a conocer la sentencia sobre la legalidad o no de la Proposición 8, la enmienda constitucional aprobada el pasado noviembre en California por un 52% de los votos frente a un 48%, y que prohibe la celebración y el reconocimiento de matrimonios entre personas del mismo sexo.
La Corte Suprema debe pronunciarse sobre si la prohibición a gays y lesbianas de contraer matrimonio afecta a los derechos fundamentales de una minoría o no. En caso de que así fuera, el procedimiento seguido en el caso de la Proposición 8 no sería válido, ya que aquellas reformas que afectan al «núcleo duro» de la Constitución de California deben ser aprobadas por las cámaras legislativas del Estado antes de ir a referéndum, algo que en este caso ni ha sucedido ni es previsible que suceda. De hccho, las cámaras legislativas de California han aprobado sendas mociones de apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo. En caso de que se considere que la medida no afecta a los derechos fundamentales, la aprobación de la enmienda sí se consideraría legal.
La mayoría de los observadores se inclinan por pensar que la Corte Suprema no se atreverá a declarar ilegal la Proposición 8 y mantendrá por tanto la prohibición. El problema que esta solución plantea, más allá de avalar la discriminación jurídica de gays y lesbianas, es cual será la suerte de los aproximadamente 18.000 matrimonios entre personas del mismo sexo ya celebrados. Muchos creen que la Corte podría declarar una excepción en esos casos y mantener su validez.
¿Qué opináis, creéis que se atreverán a declarar ilegal la Prop. 8? Yo creo que sí. Soplan vientos de cambio en EEUU (o no) y está el tema de los 18000 enlaces flotando en el limbo de los matrimonios. Y además, fue esta misma Corte la que declaró legal el matrimoio del mismo sexo vía sentencia hace 1 año. No sé, yo quiero pensar que sí, que se va a conseguir. Y no cabe duda que se es así, será un punto de no retorno a lo largo y ancho de los EEUU… Sería como un segundo Orgullo LGBT 40 años después de Stonewall… ¡El día en que se derrotó legalmente a la homofobia!
Flick, estás al día, digo ¡al minuto!
Ojalá tengas razón… lo que pasa es que es muy delicado, porque es lo que han pedido millones de americanos directamente, es voluntad popular explícita.
Pero por supuesto tenemos que tener esperanza en el poder judicial y q reine el sentido común y prohíban la discriminación:
porque no hay derecho a pedir «democráticamente» que quiten derechos civiles a tu vecino simplemente por su homosexualidad.
¿Sería lícita una petición para que los negros o las mujeres dejaran de poder votar?
La cuestión de fondo es dirimir si la Prop 8 es una simple enmienda o una revisión de la Constitución. Un análisis jurídico del tema se puede encontrar en el siguiente link:
http://blogcabinca.org/2008/11/07/history-forgotten-is-met-news-052108-prop-8-is-an-illegal-revision/
Es cierto que se trata de un problema de bastante calado jurídico, pero también que el planteamiento realizado por quienes se oponen a la proposición homófoba ha sido bastante acertado. Por un lado, parece claro si no se mira con prejuicios de determinado escoramiento, que lo que se votó altera la igualdad de derechos de un grupo determinado, y eso sería inconstitucional. Pero además, la decisión se tomó por un margen bastante estrecho (algo que justificaría que al igual que muchos ciudadanos votaron a favor de la prop 8, un número casi equivalente lo hizo en contra, por lo que el argumento de apoyo o rechazo ciudadano queda al menos matizado).
Por último, y como apunta Nivorg, parece que algunas cosas están cambiando en Estados Unidos, y muchas precisamente por la acción de los tribunales. Este hecho hace concebir algunas esperanzas.
La opción intermedia, dar validez a la proposición 8 pero manteniendo a la vez la validez de los matrimonios celebrados, es probablemente la más probremática desde el punto de vista jurídico, porque sí que establecería una discriminación evidente y grave.
Veremos a ver lo que ocurre en españa con el recurso de el Partido de la Sacristia. Yo no las tengo todas conmigo, aunque sentencias recientes como lo de iniciativa internacionalista (que se habia ilegalizado «de aquella manera») devuelven un poco la fe en que el TC sea algo mas que una herramienta partidista.
Si esta resolución es favorable, sentaría un precedente único en el Derecho Anglosajón. Y como simple comentario al margen, ello abriría la posibilidad de que el matrimonio entre personas del mismo género pueda ser aplicado en cualquier lugar con este sistema jurídico.
Y es que en el Derecho Anglosajón, un simple juez de primera instancia puede con una «rule of law» (regla legal, en una traducción bastante burda), incluso modificar la propia constitución, y las leyes. De ahí la importancia del caso.
En los sistemas de derecho romano-germánico, este caso sería simplemente uno más, sin mayor trascendencia.
De cualquier modo, creo que una resolución favorable sería un paso enorme a favor de los derechos humanos.
Saludos, un abrazo, dos besos, y Buena Suerte desde México 😉
–Arminius Advocatus insanitatis 😉