La justicia de Estados Unidos condena a una aseguradora a pagar 10 millones de dólares a un joven con VIH al que rescindió la póliza
El estadounidense Jerome Mitchell recibirá una indemnización de 10 millones de dólares por parte de la aseguradora Fortis debido a que ésta compañía revocó la póliza que tenía contratada cuando supo que Mitchell era portador del VIH. Mitchell había suscrito el seguro en 2001, cuando tenía 17 años, momento en el que desconocía padecer ninguna inmunodeficiencia. Un año después fue a donar sangre, y en los correspondientes análisis se descubrió la infección.
La compañía aseguradora rescindió la póliza alegando que el joven conocía su estado antes de suscribirla y lo había ocultado. El joven alegó que sin la cobertura del seguro su muerte era segura, ya que no puede sufragar de su bolsillo la medicación necesaria. Finalmente la Corte Suprema de Carolina del Sur le ha dado la razón.
Al parecer, el hecho de Mitchell fuera a donar sangre ha sido considerado un punto clave en el proceso, al estimar el alto tribunal que no es probable que si realmente hubiera sido conocedor de su estatus serológico lo hubiera hecho. La sentencia ha determinado además que la actuación de la aseguradora «ha demostrado una indiferencia hacia la vida de Mitchell y un insensible menosprecio hacia su salud y seguridad».
En España, las aseguradoras privadas se niegan generalmente a cubrir los gastos derivados de la infección por el VIH, aunque esta sea sobrevenida, exclusión que especifican en sus contratos. Sin embargo, la sanidad pública sí asume dichos gastos, algo que no sucede en Estados Unidos. Recordemos, no obstante, que en mayo nos hacíamos eco de un seguro de salud privado desarrollado por la aseguradora catalana Atlàntida específicamente diseñado para la comunidad homosexual y que incluía a las personas que viven con el VIH.
En España no dista mucho la situación. Afortunadamente el tratamiento de las personas con infección por VIH esta asegurado por LEY, es decir los Servicios de Salud de cada Autonomía atienden de forma mas o menos igual a todas las personas con infección por VIH.
Pero las aseguradoras no quieren suscribir polizas con personas con infección por VIH. Estan es sus clausulas.
Y cuando uan persona con infeccion por VIH quiere pedir un credito, bien personal o hipotecario, la entidad bancaria o de ahorro exige un poliza de seguro de vida que garantice en caso de fallecimiento que habra dinero para pagar el prestamo concedido.
He ahi el problema qe es motivo de multiples consultas tanto al OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS en VIH/SIDA de Red 2002 como a CESIDA
En esta direccion teneis dentro de boletin los informes de 2.008 y primer semestre de 2.008
http://www.observatorio.red2002.org.es/