Una pareja heterosexual británica recurrirá por discriminatoria la prohibición de contraer un «civil partnership»
Tal y como se esperaba, la solicitud de Katherine Doyle y Tom Freeman, una pareja heterosexual británica, para contraer un civil partnership (una figura jurídica que sin ser matrimonio otorga, bajo la legislación británica, derechos y obligaciones similares al mismo) ha sido denegada, al ser una institución jurídica reservada exclusivamente para parejas del mismo sexo. La pareja, que no desea contraer matrimonio al considerar esta institución anticuada, lo considera discriminatorio y emprenderá acciones legales.
«Nos ha sido rechazado el acceso a una institución legal debido a nuestra orientación sexual. Estamos tristes y decepcionados», ha manifestado la pareja, que está dispuesta a llegar si es preciso a la Corte Europea de Derechos Humanos para defender su derecho.
La pareja afirma no haber recibido ningún tipo de reacción negativa por parte de la comunidad homosexual, e incluso considera que su lucha puede beneficiar tangencialmente a ésta, en tanto lo que ellos desearían es que todas las parejas, independientemente de la orientación de sus miembros, pudieran elegir la institución jurídica que quieran a la hora de regular legalmente su relación. Activistas como Peter Tatchell y organizaciones LGTB como Outrage!, de hecho, les han manifestado su apoyo.
Reino Unido es, en materia de parejas, el paradigma del separate but equal: ha desarrollado instituciones jurídicas distintas, aunque con derechos y obligaciones similares (adopción de hijos incluída) en función de la orientación sexual. Un marco jurídico existente también en Suecia hasta hace pocos meses, hasta que este país optó definitivamente por abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo y adoptar una única regulación no discriminatoria para todos los ciudadanos. Algunos estados de Estados Unidos, como Washington, han optado también por esa vía intermedia.
eso se llama aparjeitrrrrrrr
no puedorrrr, pecadorrrrr
Veo un referente bastante positivo, para que aprendan los de siempre que no se puede hacer una cosa analoga al matrimonio, pero sin ser matrimonio.
Es como si en España las leyes de parejas de hecho se hubieran hecho exclusivamente para homosexuales, hubiesen sido discriminatorias.
Poco a poco se irá avanzando, y alcanzando la igualdad en todo el mundo.
Por cierto ¿para cuando la prometida regulación estatal de las parejas de hecho, para que tengan los mismos derechos independientemente del lugar de España donde vivan?
Igual meto un poco la pata diciendo esto, pero quiero ser sincero. Tengo una duda de verdad: ¿para qué quieres «medio casarte» si tienes el matrimonio?
Nunca entendí la existencia del concepto regulado de pareja de hecho. ¿Alguien me puede dar argumentos a ello?
Mucha gente suele argumentar que no quieren atarse con el matrimonio, que es una institución en la que no creen, que el Estado no controle tus relaciones, etc. Pero eso no me convence. Al fin y al cabo, estás atándote igualmente, estás metiéndote en una institución que, vale, no es matrimonio pero se le parece demasiado, sobre todo en lo que recelan de ello, y el Estado acaba igualmente regulando tu convivencia.
¿Alguna sugerencia, por favor?
Yo creo, Metabolic, que lo que ha hecho esta pareja es, sobre todo, un acto simbólico para llamar la antención sobre el absurdo que representa el hecho de que en UK haya dos figuras jurídicas similares entre sí pero aplicables según la orientación sexual de quienes se acojan a ellas.
Yo les aplaudo, desde luego.
A ver metabolic lo que ha hecho esta pareja es hacer ver que el partnership es discriminatorio y que los gays no puedan acceder al matrimonio tambien es discriminatorio…que haya lo mismo para todos.
Sí, ho, eso lo entendí, que para algo me pagaron carrera mis padres 😉
Mi duda surge sobre la motivación de las parejas en general para acogerse a esta figura legal cuando pueden disponer del matrimonio. Bajo mi punto de vista (que parto de la base de que puede ser ignorancia/planteamiento «a la ligera»), no lo veo tan necesario.
Repito que lo del caso concreto éste lo entendí bien 🙂