El Supremo de EE. UU. falla en contra de una asociación universitaria que quería consagrar su derecho a discriminar a gays y lesbianas
El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha rechazado el recurso presentado por una asociación universitaria cristiana de San Francisco que deseaba ver garantizado su derecho a discriminar a gays y lesbianas y no ser penalizada por ello.
Como informábamos hace unos meses, se trata de una asociación de corte conservador que no admite a miembros homosexuales, motivo por el cual la Hastings College of Law de la Universidad de California le retiró el reconocimiento oficial. Ello implica que no puede hacer uso de las instalaciones comunes ni recibir dinero para gastos de desplazamiento de sus líderes a encuentros nacionales.
La Universidad alegaba en su defensa que su política es la de no reconocer oficialmente ninguna asociación que discrimine a las personas en función de su raza, color, religión, origen, discapacidad, edad u orientación sexual, y que si accede a las demandas de esta asociación no podrá rechazar las de otras organizaciones que discriminen en función de alguno de esos parámetros. La asociación consideraba, en cambio, que la postura de la Universidad atentaba contra la libertad religiosa.
El Tribunal Supremo ha sentenciado ahora, por 5 contra 4, que la decisión de la Hasting College of Law es conforme a derecho, pues se limita a retirar una serie de ventajas a una asociación que simplemente no se atiene a la política establecida por la institución universitaria. Los cuatro jueces que componen el sector más conservador del tribunal, Samuel Alito, John G. Roberts, Antonin Scalia y Clarence Thomas, se han posicionado en contra de la resolución, que consideran «un serio revés para la libertad de expresión».
Estamos en lo de siempre, confundir libertad de expresión con prejucios y homofobia … menos mal que la sentencia ha demostrado sentido común.
Siempre intentando legitimar su odio y sus prácticas discriminatorias, comparándolas con derechos civiles como la libertad de expresión o la libertad religiosa. Es una manera ruin de ensuciar el nombre de derechos fundamentales y necesarios en las sociedades modernas.
La gente confunde los derechos civiles con el que el Estado te tenga que subvencionar el ejercicio de esos derechos civiles.
Ah, lo gracioso es que encima 4 de los 9 jueces han votado que sí se puede discriminar a los universitarios según con quién se acuesten…
Es un poco más matizado: lo que esos cuatro jueces han dicho es que el Estado no puede denegar una subvención a quienes discriminan, porque al denegárselos los están ‘castigando’ por razón de su concreto ideario político/religioso. Por el contrario, lo que ha dicho el sector mayoritario es que el Estado sí puede optar por excluir de la subvención a los discriminadores.