El Gobierno de Luxemburgo presenta su ley de matrimonio entre personas del mismo sexo, que contempla restricciones a la adopción
Hace unos días adelantábamos la presentación por parte del Gobierno luxemburgués del proyecto de matrimonio entre personas del mismo sexo en ese país, que será discutido en paralelo a la mejora de su ley de uniones civiles. Expresábamos dudas respecto a como se resolvería el tema de la adopción, debido a la diferente posición que mantienen los dos socios de Gobierno, socialcristianos (conservadores) y socialistas. Ahora contamos con más información.
La reforma de la ley de adopción está incluida, junto a la modificación del Código Civil para abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo, en el conjunto de medidas aprobadas por el Gobierno de Luxemburgo en su Consejo de Ministros del viernes, que ahora pasan a ser discutidas en el Parlamento. El proyecto de modificación propuesto supone abrir a las parejas del mismo sexo (casadas o no) la llamada “adopción simple”, pero les impide por el momento acceder a la llamada «adopción plena».
Según la legislación luxemburguesa, la adopción simple supone que el adoptado sigue manteniendo sus vínculos de filiación con los padres biológicos. Sería, en este sentido, una especie de acogida, pero con mucha mayor fortaleza legal: el hijo adoptado en su variante simple dispone, por ejemplo, de los mismos derechos sucesorios que los hijos naturales. Sin embargo, las parejas del mismo sexo no podrán optar a la adopción plena, que supone que el adoptado pierde toda su vinculación con los padres biológicos.
El proyecto, al menos tal y como se ha presentado, inciuye también una clausula de excepcionalidad respecto a la parentalidad, en el sentido de que, a diferencia de los matrimonios entre personas de distinto sexo, en el seno de los matrimonios entre personas del mismo sexo la parentalidad de uno de los cónyuges no generará automáticamente derechos de parentalidad en el otro cónyuge. Sin embargo, éste sí podrá optar a la adopción simple del hijo de su pareja, lo que mejora considerablemente la situación respecto a la realidad existente en este momento.
Otra limitación que se propone es que, en caso de que uno o los dos cónyuges sean extranjeros, sólo puedan contraer matrimonio en Luxemburgo si su propio país reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Habrá que ver ahora como se desarrolla el trámite parlamentario de la ley y si se modifica alguna de estas restricciones. Cabe recordar que en dos países vecinos de Luxemburgo, Holanda y Bélgica, sus leyes de matrimonio entre personas del mismo sexo nacieron también con restricciones a la parentalidad que posteriormente fueron suprimidas. Holanda, que aprobó el matrimonio en 2001, mantuvo vetada la adopción internacional (no así la nacional) a las parejas del mismo sexo hasta 2005. Bélgica aprobó su ley de matrimonio en 2003 pero no permitió la adopción hasta 2006.
Pues vaya una ley más retrictiva la de Luxemburgo, Argentina y otros países le podrían dar lecciones. De todas formas estoy convencido que ésto se solucionará con el tiempo como pasó en Holanda y Bélgica y espero que pase en Portugal. La restricción más salvaje me parece aquella que no permite el matrimonio con un extranjero si en el país de origen de éste no se reconoce el matrimonio homosexual, esta restricción es horrible y debería ser abolida.
Bueno, pues ya tenemos el país nº 11 en camino, siempre que Eslovenia no finalice antes la tramitación de su nuevo Código de Familia.
No estaría de más recordar que este año ha sido record en número de países regulando el matrimonio para parejas del mismo sexo, llevamos ya tres, y quizás tengamos alguno más antes de que acabe, el record anterior fue del año 2005, entonces fueron dos países, Canadá y España, los aprobaron esta medida.
Las restricciones no tienen sentido, son arbitrarias e injustas, sin duda prejuiciosas y que no tienen base racional, lo que es muy de lamentar.
Oscar, esas restricciones con cosa del partido socialcristiano que no ve la realidad.
La verdad es que no sé cómo está en tema de la discriminación por razón de raza u origen en Luxemburgo, pero es totalmente discriminatorio que no dejen casarase a dos hombres o dos mujeres (en el caso de que uno sea extranjero) si en el país de origen del extranjero no está aceptado el matrimonio homosexual. En nuestro caso sería anticonstitucional. Es como dejar escrito por ley que existen gays de primera y de segunda en un mismo país.
¿Entonces que pasa con los transexuales extranjeros en Luxemburgo que deseen casarse? Lo decía alguno de vosotros hace tiempo. Esto es dar un paso para adelante y dos para atrás.
Además, los extranjeros en Luxemburgo sí pueden ejercer cargos políticos por ley ¡¡pero no se pueden casar con personas de su mismo sexo si en el país de origen del primero no está legislado!! Surrealista a más no poder.
«En nuestro caso sería anticonstitucional».
Este mismo caso ya se planteó en España nada más aprobarse la ley, y de hecho hubo algún juez que llegó a denegar la solicitud en un caso en el que uno de los cónyuges era extranjero (creo que era ciudadano de la India), no sé si en Sitges. El problema venía porque la legislación española dice que en materia de matrimonio la ley personal aplicable es la del país de origen del cónyuge extranjero, pero claro: si se daba por válido eso, los derechos que se veían afectados eran los del cónyuge español, que no podía contraer matrimonio. Entonces la fiscalía general del Estado (creo recordar) hizo pública una circular en la que se instruía a todos los registros civiles a aplicar la legislación española en el caso de que uno de los cónyuges fuera extranjero.
Lo que no sé es qué ocurre si las dos personas que desean contraer matrimonio en España son extranjeras y el país de una de ellas no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Ah pues sí era así y también se aclaró que se aplicaba la ley española incluso cuando los dos cónyuges fueran extranjeros:
http://www.advocate.com/article.aspx?id=37238
Ave: España puede ser un ejemplo en esa limitación del matrimonio entre un luxemburgués y un extranjero. El problema están siendo los socialcristianos que a mi juicio están poniendo trabas, aunque al lado del PP son unos benditos la verdad.
Para empezar yo eliminaría esa limitación y luego actuaría sobre el tema de la adopción porque si bien Bélgica y Holanda lo hicieron fue porque eran pioneros, pero a estas alturas me parecen innecesarias esas limitaciones respecto a la adopción.
Bueno, pues el pasado día 10 de agosto se presentó el proyecto de ley en el Parlamento, habrá que ver si las limitaciones a la adopción se mantienen en el texto definitivo, que previsiblemente se aprobará a finales de este año o a principios del que viene:
http://www.chd.lu/wps/portal/public/RoleEtendu?action=doDocpaDetails&id=6172&backto=/wps/portal/public/
P.D.: Aunque yo ya había buscado en la página web del Parlamento de Luxemburgo el proyecto de ley, he de reconocer que he encontrado la referencia de la fecha en mi página LGBT finlandesa de cabecera:
http://ranneliike.net/teema/avioliitto_avautuu_kaikille_luxemburgissa?cid=1&aid=4442
Vaya, veo con gran satisfacción que a Negativator no le mola nada la evolución de las cosas en Luxemburgo, no le puedo reprochar nada, con lo chungo que ha sido para él este año desde que empezó, ahora que una podía esperar un veranito en calma, con todo paralizado en agosto, el mundo se ha empeñado en favorecer la causa de los derechos LGBT, especialmente la cuestión del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Esto no se arregla ni poniéndose ciego de tinto de verano…