La Corte Constitucional de Colombia volverá a discutir el matrimonio entre personas del mismo sexo
Pocas semanas después de inhibirse por cuestiones formales, la Corte Constitucional de Colombia volverá a debatir la posibilidad de abrir el derecho a contraer matrimonio civil a gays y lesbianas en ese país, una vez que las demandas que fueron consideradas en ese momento insuficientemente fundamentadas han sido corregidas.
El pasado noviembre, a pesar de que la magistrada encargada de elaborar la ponencia, María Victoria Calle, consideraba que las parejas del mismo sexo no debían ser discriminadas en el acceso al derecho al matrimonio civil, y de que durante un tiempo se pensó que su posición tenía el respaldo de la mayoría de los magistrados, la Corte Constitucional de Colombia decidió finalmente (por cinco votos contra cuatro) inhibirse y no tomar una decisión sobre el fondo del asunto, al considerar que las demandas presentadas no estaban suficientemente fundamentadas. Diferentes observadores consideraron entonces que aunque en la Corte sí existe una tendencia de fondo mayoritaria a favor del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, algunos magistrados querían más tiempo para discutir la ponencia, debido a la trascendencia social de la decisión. Sin embargo, por una cuestión de plazos, la Corte se veía obligada a emitir una resolución. De hecho, la iglesia católica colombiana expresó su desacuerdo con la sentencia por no pronunciarse contra el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Ahora los demandantes, y en concreto el joven abogado Felipe Montoya (que ha contado con el asesoramiento de la organización LGTB Colombia Diversa y de diversos juristas) han corregido los errores advertidos entonces por el alto tribunal. «Cuando la ley en general haga referencia a hombre y mujer, al regular la institución matrimonial, en virtud del principio de protección debe entenderse que dichas expresiones hacen referencia también a los cónyuges o integrantes casados de las parejas del mismo sexo«, señala la demanda. Entre otras novedades se pide, por ejemplo, eliminar el termino «procrear» como finalidad del matrimonio, por desconocer el derecho de una pareja casada a decidir si desea tener hijos o no.
El estudio de la demanda ha correspondido esta vez al magistrado Eduardo Mendoza, quien en la votación pasada votó a favor de la inhibición. Tras admitir la demanda, el magistrado comenzará esta misma semana a recibir las correspondientes alegaciones.
¿Será que si se dará? Lo que no me cabe duda es que el obispado colombiano ya estará empezando a hacer presión.
Bueno si no prosperó por 5 votos contra 4 nos muestra que la cosa fue muy muy ajustada. Si es cierto que no salió adelante porque se consideraba que no estaban lo suficientemente fundamentadas ahora, con una argumentación mejor y de mayor calidad por los partidario de la ley podría salir adelante. Esta nueva situación convierte a Colombia en un país potencial para la aprobación del matrimonio igualitario, cosa que me gusta bastante. Otro tema es la intensa homofobia existente en la sociedad colombiana que habrá que ir sanando con el tiempo.
Con el nuevo fallo dado hoy en la Corte Constitucional, a favor de igualar los requisitos para acceder a pensión entre parejas homo y hetero se ve más cerca la aprobación del matrimonio igualitario en Colombia de mano de la Corte Constitucional