El Parlamento Europeo aprueba una directiva que introduce la identidad de género entre las posibles causas de asilo
Importante paso adelante de la Unión Europea en materia de protección a las personas transgénero perseguidas en terceros países. El Parlamento Europeo aprobó la semana pasada la directiva por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento del derecho de asilo a los nacionales de terceros países o apátridas. Por primera vez, la identidad de género es explícitamente reconocida.
Entre los motivos de persecución a un determinado grupo social, la nueva directiva comunitaria incluye, en su artículo 10, el siguiente texto: «En función de las circunstancias imperantes en el país de origen, podría incluirse en el concepto de grupo social determinado un grupo basado en una característica común de orientación sexual. No podrá entenderse la orientación sexual en un sentido que comporte actos considerados delictivos por la legislación nacional de los Estados miembros. Los aspectos relacionados con el sexo de la persona, incluida la identidad de género, se tendrán debidamente en cuenta a efectos de determinar la pertenencia a un determinado grupo social o de la identificación de una característica de dicho grupo». La mención a la identidad de género supone una novedad frente al marco antes existente, que no la contemplaba expresamente.
La inclusión de la identidad de género en el texto ha sido saludado por el Intergrupo LGTB del Parlamento Europeo como un importante avance. «A lo largo y ancho del mundo las personas transgénero son perseguidas por ser como son. La Directiva ahora revisada reconocerá el peligro al que se enfrentan y comprometerá a los estados miembros a incorporar la identidad de género en sus causas de asilo», ha declarado el eurodiputado Dennis de Jong, uno de los vicepresidentes del Intergrupo.
La directiva, propuesta por la Comisión Europea y ahora aprobada por el Parlamento Europeo, es de obligado cumplimiento para todos los estados de la Unión, que deberán incorporarla a sus legislaciones nacionales (salvo Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, cuya legislación en materia de asilo permanece fuera de las competencias comunitarias).
Por lo que se refiere al voto de los eurodiputados españoles, del que dosmanzanas hace siempre un especial seguimiento cuando se trata de asuntos relacionados con los derechos LGTB, ninguno de los presentes voto en contra o se abstuvo, siempre según el listado de votación nominal disponible en la web del Parlamento Europeo. Se trata, de hecho, de una directiva que contaba con el apoyo de los grupos más importantes de la Cámara, y que recibió 476 votos a favor, 73 en contra y 24 abstenciones.
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