"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Petición a Interior para que reconsidere la expulsión de Yasira, deportada a Panamá pese a sufrir persecución por su identidad de género

La Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA) ha puesto en marcha una petición online en la plataforma Change.org para exigir que se conceda el estatuto de refugiada y/o asilada a Yasira, la mujer transexual panameña deportada por orden del Ministerio del Interior, pese a contar con informes favorables por parte del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

Yasira es una ciudadana panameña de 29 años que desde su adolescencia ha sido encarcelada en numerosas ocasiones en su país por su condición de mujer transexual. Durante esas detenciones ha sido víctima de malos tratos, incluyendo abusos sexuales, por parte de la policía. El 7 de marzo aterrizó en Barajas, donde solicitó protección internacional, denegada por la oficina de asilo pese a contar con un informe favorable de ACNUR. Ante la inminente expulsión, CEAR interpuso ante la Audiencia Nacional la solicitud de medida cautelarísima que la paralizara, pero también fue denegada. Yasira fue finalmente deportada este miércoles.

es por eso que desde ATA se ha puesto en marcha esta petición al ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, con el siguiente texto:

Para: Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior de España, Ministro del Interior de España

EXIGIMOS LA CONSIDERACION DE REFUGIADA Y/O ASILADA DE YASIRA

Yasira es una transexual de 29 años a quien la policía de Panamá detuvo por primera vez cuando apenas tenía 17 años. Según ha contado la propia Yasira, en el año 2000,  los agentes la maltrataron  y la torturaron rociándola con gas pimienta, tirándola al suelo y dándole patadas. Durante su detención también fue sometida a descargas eléctricas. Después de un encierro de dos semanas, su madre pagó por ella una multa de 300 euros para que fuera puesta en libertad. Su único delito era ser una mujer transexual, algo que está prohibido en este país centroamericano.

La Asociación Panameña de Personas Trans (APPT) ha declarado públicamente que “en Panamá la mujer aún sufre una condición de desigualdad en cuanto a garantías y derechos. La discriminación y la violencia tienen un gran impacto en las mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales, ya que viven sus identidades dentro de la clandestinidad por su seguridad personal, por su trabajo o por su educación. Las mujeres transexuales que ejercen el trabajo sexual son particularmente vulnerables a la violencia de personas y de la policía, sufriendo además arrestos arbitrarios por parte de esta última”.

Ante las numerosas agresiones sufridas en su país, no sólo por parte de las fuerzas de seguridad panameñas, sino también en su entorno social, que es el de  un país que no prohíbe la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género y en el que continúa imbricada una considerable aversión hacia el colectivo LGTB, Yasira se vio obligada a huir, llegando a nuestro país el pasado 7 de marzo. Una vez en España pidió asilo por persecución en su país debido a su identidad sexual. La solicitud fue denegada, al igual que la cautelarísima que solicitó su abogada para paralizar la expulsión.

El Gobierno español decidió su deportación incluso a pesar de que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) había emitido un informe favorable para que se admitiera a trámite la petición de asilo.

La Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria reconoce la condición de refugiado “a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”.

Así pues, quienes subscribimos la presente no entendemos los motivos por los que el Gobierno español ha denegado la condición de refugiada a Yasira, ya que consideramos que concurren razones objetivas suficientes como para haber procedido a considerar su condición de refugiada. Y más aún después del informe favorable de ACNUR. Por todo ello, EXIGIMOS la consideración de refugiada y/o asilada y la vuelta inmediata a España.

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