Detenido en Basauri un hombre acusado de apuñalar a su pareja, otro hombre al que al parecer había agredido con anterioridad
Lamentamos tener que hacernos eco de un nuevo episodio de violencia intragénero, ocurrido en esta ocasión en Basauri. Agentes de la Ertzaintza (policía autónoma vasca) detuvieron este lunes a un hombre de 31 años sospechoso de apuñalar a su pareja, otro varón.
Según informa Deia, pasadas las cuatro y media de la madrugada del lunes la Ertzaintza (policía autónoma vasca) era alertada de una agresión con arma blanca en una vivienda de Basauri. Una patrulla desplazada al lugar confirmaba que allí se encontraba un varón que presentaba una herida sangrante a la altura del abdomen. Junto a la puerta de entrada del piso los agentes encontraron además un cuchillo, presumiblemente el arma utilizada en la agresión.
En la vivienda se encontraban otros dos hombres, compañeros de piso de la víctima. El autor de la agresión había sido otro hombre, compañero sentimental del herido, al que una patrulla detenía poco después. La víctima fue evacuada al Hospital de Galdakao.
Se da la circunstancia de que el agresor había sido ya detenido en julio por un delito de violencia doméstica sobre la misma víctima.
Violencia intragénero, una realidad casi invisible
La violencia intragénero es una realidad que sufren muchos gays y lesbianas, como han puesto de manifiesto, por ejemplo, los estudios llevados a cabo por la asociación vasca ALDARTE (puedes descargar aquí un documento con los resultados de una encuesta online a 110 víctimas en 2009). Aún así es un tema sobre el que con frecuencia se pasa de puntillas, pese a que cada cierto tiempo trascienden episodios como el ocurrido ahora en Basauri. Es además una cuestión sobre la que existe polémica incluso entre los colectivos LGTB, centrada en si las parejas del mismo sexo deben o no ser incluidas en la legislación contra la violencia de género, concebida para combatir la violencia machista ejercida por el varón contra la mujer, o deben ser objeto de una legislación específica.
Ello no significa que la violencia intragénero no sea contemplada por los tribunales. En marzo de 2012 el Tribunal Supremo aplicaba la agravante de parentesco a un hombre que degolló a otro con el que mantenía una relación estable, lo que determinó que se le aumentara la pena de prisión por homicidio de 10 a 13 años. El Supremo consideró “fuera de toda duda” que la relación estable a que se refiere en dicho supuesto el Código Penal “incluye tanto la pareja heterosexual como la homosexual».
La justicia puede hacer uso además de la legislación general contra la violencia doméstica para castigar la violencia intragénero, como ya dejó claro en marzo de 2010 la Audiencia Provincial de Cantabria, que aunque no apreció delito de violencia de género en la agresión por parte de una mujer hacia su esposa sí la condenó por un delito de violencia doméstica a siete meses de prisión y a la prohibición de acercamiento durante dos años. Parecido criterio fue aplicado meses después en el caso de un matrimonio gay cuyos cónyuges se agredieron mutuamente y que fueron condenados por sendos delitos de violencia doméstica.
La diferencia fundamental de tratamiento entre la violencia de género y la violencia intragénero por la legislación española, como señala ALDARTE, no es en realidad de tipo penal, sino en el acceso a las medidas de protección de la víctima reguladas por la ley de violencia de género para las víctimas de violencia machista: la posibilidad de acudir a un centro de acogida, cambiar de trabajo y de domicilio, excedencias laborales en el caso de la función pública, ayudas económicas, etc.
Dan escalofríos escuchar » Si no es mío será de la tumba» Pero bueno, ¡como que tuyo! da gracias que te ha permitido ser su amigo,amante o lo que quieras. Cuando uno dice se acabó pues la maleta y con la música a otra parte.
Que a los jueces no les tiemble la mano a la hora de poner penas y severas. ¡fáltaria más!
TU eres Tuyo. ni eres de nadie ni nadie es de ti.
Madre mía! Pero si yo soy de Basauri y no me había enterado….
La ley de violencia doméstica nos incluye a tod@s, el problema es que la ley de violencia de género sólo incluye a las mujeres agredidas por parejas masculinas.
Es una discriminación flagrante tratar de diferente forma a un hombre agredido por un hombre, un hombre agredido por una mujer o una mujer agredida por otra mujer respecto de una mujer agredida por un hombre.
La LIVG (Ley integral contra la violencia de género) es discriminatoria contra los homosexuales del mismo modo que lo es contra los hombres heterosexuales. Deberían aliarse las plataformas antisexistas y las que defienden los derechos del colectivo LGTB para pedir la fusión de la «violencia de género» y el resto de «la violencia domestica» con los mismos derechos para todas las víctimas y las mismas penas para tod@s l@s agresores proporcionalmente al daño causado.
No a las discriminaciones por motivos de sexo o sexualidad.