La Corte Suprema de la India admite a trámite el último recurso posible contra la penalización de la homosexualidad
Noticia esperanzadora desde la India. La Corte Suprema ha admitido a trámite el último recurso posible en contra de la sentencia que reinstauró la penalización de la homosexualidad en el país asiático. Un panel de cinco jueces escuchará los argumentos de varios grupos de defensa de los derechos LGTB y decidirá sobre la derogación de la provisión homófoba.
El 11 de diciembre de 2013, la Corte Suprema de la India dictaminó en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi. La Corte Suprema consideró que el Alto Tribunal de Delhi se extralimitó en sus funciones, señalando que corresponde al poder legislativo derogar la sección 377, que tras la sentencia quedó de nuevo en vigor. Por consiguiente, las relaciones homosexuales actualmente son penadas en la India con hasta 10 años de prisión por ser consideradas un acto “contra natura”.
En enero de 2014, la Corte Suprema rechazó la petición del Gobierno indio y de varios grupos de defensa de los derechos humanos de reconsiderar su resolución. La última instancia posible ante el alto tribunal era la presentación de una curative petition, un recurso especial para que la decisión sea revisada por un panel de cinco jueces de la Corte, y que fue interpuesta en abril de 2014 por el prestigioso abogado Anand Grover representando a diversas organizaciones de defensa de los derechos LGTB (la ley obliga a que este recurso sea presentado por una de las partes agraviadas). Una de las organizaciones representadas es Naz Foundation, cuya demanda ocasionó la primera sentencia favorable del Alto Tribunal de Delhi.
En la petición solicitaron una audiencia para poder presentar sus argumentos contra una sentencia en la que encuentran graves errores de forma y fondo, como el no haber tenido en cuenta las alegaciones que presentaron las asociaciones LGTB, lo que supone una violación de sus derechos fundamentales, así como la ignorancia de los cambios legales que se habían producido en aplicación de la primera sentencia del Alto Tribunal de Delhi. También se criticaba que la sentencia diga que una parte minúscula de la población, en estimación de la Corte, no puede reclamar derechos fundamentales, lo cual según los recurrentes vulnera el articulado de la Constitución india que protege a las minorías. La sentencia, en definitiva, reflejaría un problema de sesgo en contra de los derechos de las personas LGTB.
El presidente de la Corte Suprema respondió que estudiaría detalladamente la solicitud y los informes presentados e informaría sobre su admisión. Cerca de dos años después, la decisión ha sido favorable, con lo que los solicitantes podrán presentar sus argumentos ante un panel de cinco jueces. La decisión devuelve la esperanza a la comunidad LGTB india. Máxime después de que la cámara baja del país rechazara el pasado mes de diciembre una proposición de ley para despenalizar las relaciones homosexuales, lo que da una idea de la dificultad de la vía legislativa en un parlamento bajo el dominio del conservador Partido Popular Indio (BJC).
En la audiencia preliminar del pasado martes sobre la curative petition, declararon Grover y Kapil Sibal a favor de la derogación de la sección 377. El primero recordó el clima de estigmatización y chantaje que se ha creado en torno a la comunidad LGTB tras la reinstauración de la provisión homófoba, mientras que Sibal apeló al respeto a la privacidad que queda violado por la misma. En la parte contraria a la modificación de la situación actual, se personaron una alianza de iglesias apostólicas y una organización islámica.
Habrá que esperar todavía para ver si el recurso prospera. De momento, el periódico The Times of India valora como precedente positivo que el ministro de Finanzas Arun Jaitley, del gobernante BJC, instara el pasado mes de noviembre a la Corte Suprema a reconsiderar la prohibición de las relaciones homosexuales. Estaremos pendientes de los futuros acontecimientos.