Javier Maroto miente una vez más sobre el recurso del PP contra el matrimonio igualitario
Nos indigna que el vicesecretario general de Acción Sectorial del Partido Popular, Javier Maroto, en lugar de admitir que su partido hizo mal al interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio, insista en defender a su formación y minimizar la que fue su postura oficial alegando que se trató de una mera objeción nominalista. Ya en septiembre de 2015 lo decíamos, y hoy lo volvemos a repetir: Maroto miente. No podemos dejar de denunciarlo así, por mucho que sea abiertamente gay y que en ese aspecto siempre le hayamos tratado con el máximo respeto. No podemos tolerar que se intente falsear el pasado y hacer olvidar lo mucho que costó conquistar los derechos que ahora disfrutamos. Basta un simple dato para desmontar el argumento de Maroto: el recurso del PP también consideraba inconstitucional la adopción homoparental.
En 2015 fue en la cadena COPE, poco antes de su comentada boda. Ahora ha sido en el programa Hoy por hoy de la cadena SER, donde ha repetido exactamente los mismos argumentos al ser preguntado sobre el mismo tema un día después de que Maroto presentase la ponencia social que el PP debatirá en su próximo congreso.
«¿No tiene la sensación de que el Partido Popular muchas veces llega tarde a los derechos sociales? Estoy pensando, por ejemplo, en la ley del matrimonio homosexual. Siete años la tuvo recurrida el Partido Popular, con muchísimas personas que contrajeron matrimonio durante esos siete años sin saber que iba a pasar al final con su boda, con su pareja, con su familia… Y a los siete años el Tribunal Constitucional dijo ‘es que esto es perfectamente constitucional’. ¿No tiene esa sensación, de que el PP llega tarde?», le pregunta el periodista de la SER.
«Mire, yo en su momento, desde el primer día, me posicioné de forma contraria a ese recurso…», comienza Maroto, que tras comenzar a explicar su posición personal se interrumpe y pasa a defender inmediatamente la posición de su partido: «Primero, hay que dejarlo claro: el Partido Popular nunca ha tenido ningún problema con los homosexuales. ¡Nunca!. Esto es una cosa que muchas veces me han preguntado… El problema es que se ha tratado de ver el recurso que se puso al nombre del derecho, cuestión que yo no comparto… El PP recurrió que en el Derecho Civil se llamase matrimonio, igual que el sacramento católico. Y había quien pensaba que debía tener otro nombre, y se recurrió por esa razón principalmente».
El entrevistador interrumpe en ese momento a Maroto, aludiendo a «lo que se decía» en las manifestaciones contra el matrimonio igualitario a las que se sumó en su momento el Partido Popular.
«Bueno, yo no sé lo que se decía, yo sé lo que decía el recurso, que es lo que a mí me interesa comentar hoy aquí, y supongo que es por lo que tú me preguntas», responde Maroto con cierta brusquedad al entrevistador. «El Partido Popular ha tenido una mayoría abosluta después de aquello y no ha cambiado nada, no ha querido cambiar nada. El programa electoral del 20 de diciembre y del 26 de junio no llevaba ninguna modificación, ni lo lleva esta ponencia. Ayer dijimos que el Partido Popular está de acuerdo con las familias que hoy no caben dentro de la ley, y yo no puedo ser más explícito. Por tanto estoy muy cómodo en la posición actual», termina sobre el tema.
Puedes escucharlo a partir del minuto 11:48 de la entrevista:
Por qué Maroto, sencillamente, miente
Que el PP «nunca ha tenido ningún problema con los homosexuales» lo podríamos interpretar como una simple inocentada, dado que la entrevista tuvo lugar el 28 de diciembre. No creemos necesario dedicarle más tiempo a rebatirlo: ya lo han hecho con extensión otros medios, como BuzzFeed, que en un artículo titulado 17 veces que el Partido Popular no tuvo ningún problema con los homosexuales hace un repaso de muchas de las veces que desde el PP se han lanzado afirmaciones ofensivas hacia el colectivo LGTB (nos alegra ver además que varias de las noticias allí referidas tienen como fuente a dosmanzanas).
Mucha menos gracia nos hace la insistencia de Maroto sobre que el recurso del PP contra el matrimonio igualitario fue una mera cuestión de «nombre». El recurso, por ejemplo, también buscaba despojar a las parejas del mismo sexo de la posibilidad de adoptar hijos conjuntamente, tal y como expresaba el “cuarto motivo de inconstitucionalidad” defendido por el PP, según el cual esta posibilidad resultaba contraria al mandato constitucional de protección integral de los hijos por anteponer “la legitimación u homologación de las relaciones homosexuales al interés del menor”.
El PP también defendía en su recurso que “no existe una garantía mínima de certeza, en el ámbito de la comunidad científica, sobre la conveniencia del adoptado de vivir en el seno de una pareja homosexual”. El recurso llegaba a hacer una alambicada argumentación para asegurar que la adopción homoparental era inconstitucional porque “el art. 39.2 CE también contempla la protección de las madres, protección que beneficia a la familia. En el caso de la adopción conjunta por una pareja homosexual dicha protección deviene imposible puesto que o bien nos encontramos con dos madres, o bien con ninguna. Ello, además de repercutir necesariamente sobre los hijos adoptados, supondría una discriminación de las familias por razón de sexo prohibida por la Constitución”.
Solamente este hecho, incontestable, nos faculta para llamar de nuevo mentiroso a Maroto. En cualquier caso, aún suponiendo que Maroto lo desconociera (no puede ser así, dado que en la cadena SER el político vasco presumió precisamente de «saber lo que decía el recurso») su defensa del argumento nominalista no es más que un insulto a nuestra inteligencia. La Ley 13/2005 por la que se modificó el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio no es una ley de “matrimonio homosexual” que otorgue a las uniones del mismo sexo derechos similares a los del matrimonio y el mismo nombre, sino que es una ley que abre el matrimonio, que de forma expresa es un derecho constitucional en sí mismo, a las parejas del mismo sexo. La modificación legal fundamental consistió solo en añadir 18 palabras al artículo 44 del Código Civil, que quedó así: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. Resultaba por tanto imposible hacer la misma ley sin llamar a las parejas del mismo sexo matrimonio, dado que el cambio legal consistió precisamente en reconocer el derecho constitucional al matrimonio a las parejas del mismo sexo.