La Generalitat valenciana garantiza el derecho del alumnado trans de los centros públicos a su identidad de género
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado este martes el protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad en los centros educativos, desarrollado por la Consejería valenciana de Educación. El protocolo, que se activará en los centros educativos públicos, y al que se podrán acoger todos los demás centros que lo deseen, se adelanta a la próxima aprobación de la ley integral de transexualidad valenciana, en tramitación parlamentaria.
La finalidad del protocolo, según asegura la propia Consejería valenciana de Educación, es «favorecer la inclusión educativa, asumir la igualdad y la diversidad como valores capitales e irrenunciables, de manera que todas las personas que conformen la comunidad educativa respeten y hagan respetar los derechos humanos. Por eso, será imprescindible facilitar la construcción de su identidad y la participación activa en la vida del centro, de manera que sienta la pertenencia real al grupo de iguales, en el centro y el entorno». El protocolo facilitará a los equipos directivos y los orientadores de los centros tratar la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad en los centros educativos como opciones sociales normalizadas y ayudará a prevenir casos de acoso.
Desde el punto de vista estrictamente organizativo, los centros adecuarán la documentación administrativa al nombre y al género con los que se sienta identificado el alumno, que será también el nombre y el género por el que el personal del centro se dirigirá a este. Mientras el alumno sea menor de edad o no esté emancipado, la petición deberá realizarla quien ejerza su tutoría legal. La documentación oficial, sin embargo, no podrá modificarse hasta que no se realice el cambio de nombre en el Registro Civil. Un proceso que a día de hoy continúa regulado por la legislación estatal. En cuanto al uso de las instalaciones del centro, incluyendo lavabos y vestuarios, estas serán utilizadas según la identidad de genero manifestada.
El coordinador de igualdad y convivencia de centro será la persona encargada de supervisar todas estas actuaciones, en colaboración con el equipo directivo, el equipo orientador y el tutor, especialmente durante el proceso de transición de género que efectúe una persona durante su estancia en el centro educativo.
Son solo algunas de las medidas previstas en el protocolo, que puedes descargar en su integridad aquí. Los centros educativos públicos de la Comunidad Valenciana intentarán de esta forma garantizar a sus alumnos trans un clima de seguridad, de manera que su actividad se desarrolle en espacios libres de acoso, agresión o discriminación por cualquier motivo.
Valencia se pone al día
La puesta en marcha de este protocolo para centros públicos aún debe completarse con la aprobación por las Cortes Valencianas de su ley integral de transexualidad, presentada en sociedad el pasado septiembre y aún en tramitación, y cuyo anteproyecto fue consensuado con los principales colectivos trans y LGTB valencianos.
La Comunidad Valenciana, recordamos, está gobernada en este momento por una coalición entre el PSOE valenciano y Compromís, que cuenta además con el sostén parlamentario de Podemos. El Partido Popular valenciano, pese a ser la fuerza con más parlamentarios, perdió la mayoría absoluta en las últimas elecciones autonómicas, arrastrado por la corrupción galopante y el saqueo de las arcas regionales. Pocos meses antes, el grupo popular en las Cortes Valencianas había rechazado tramitar una proposición de ley para la igualdad efectiva de las personas LGTBI y contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género presentada entonces por el grupo socialista.
Eso sí, con independencia de las diferentes leyes que sobre esta materia aprueben las comunidades autónomas, queda pendiente a nivel estatal la actualización de la ya obsoleta ley española de identidad de género, que sigue excluyendo a los menores de la posibilidad de modificar sus datos registrales sin la intervención de un juez, y que incluso para los mayores de edad sigue contemplando como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigiendo, con algunas excepciones, dos años de tratamiento hormonal.