Archivada la causa contra la drag Sethlas por su actuación en el Carnaval de Las Palmas
El Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha decretado el archivo de la causa contra la drag Sethlas (cuyo nombre real es Borja Casillas) por su actuación en el pasado Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria, un número con el que conquistó el primer premio de la Gala Drag Queen y en el que aparecía disfrazada de Virgen María y de Jesucristo.
Sethlas protagonizó durante el Carnaval de Las Palmas una espectacular actuación que le permitió alzarse con el primer premio en la Gala Drag Queen. La drag aparecía disfrazada de Virgen María y de Jesucristo, algo que sin embargo no gustó a los sectores más conservadores de la Iglesia católica. El obispo de Canarias, Francisco Cases, llegó a asegurar que había sido el día más triste de su estancia en las islas, por encima incluso del día del accidente aéreo de 2008, en el que murieron 154 personas (luego se disculpó por su “desafortunada”comparación) y la denominada Asociación de Abogados Cristianos, un grupo ultraconservador, presentó una denuncia ante la Fiscalía. Denuncia que la Fiscalía acabó por archivar al considerar que no hubo “voluntad de ofender”a una religión sino una “crítica ácida” realizada precisamente en un contexto de carnaval.
En su momento nos hicimos eco de lo sucedido al advertir del doble rasero de Televisión Española, que había transmitido la gala en directo. Los responsables de la televisión pública justificaron entonces que la actuación desapareciese de su web e incluso pidieron “disculpas” por su emisión. Una web aún hoy que sigue manteniendo online (enlace) la misa en la que Juan Antonio Reig, obispo de Alcalá de Henares, descargó el Viernes Santo de 2012 su bien conocida homofobia.
Meses después, sin embargo, la justicia española reabría el caso al admitir sendas denuncias de un ciudadano de Sevilla y de la ya mencionada Asociación de Abogados Cristianos y decidir investigar a Borja Casillas por un presunto delito de incitación al odio religioso (artículo 510 del Código Penal). Una acusación que buscaba precisamente burlar la resolución de la Fiscalía, que lo que había investigado era una posible ofensa a los sentimientos religiosos (y que no es otra cosa que el antiguo delito de blasfemia, que aunque con otro nombre continúa sorprendentemente vivo en el artículo 525 del Código Penal español).
Finalmente la jueza Estela María Marrero, en un auto que fue dado a conocer el lunes pasado, ha considerado que el carácter penal de la actuación de la drag «no aparece en absoluto claro, lo que permite valorar como razonable la ausencia de conciencia y, por consiguiente, de voluntad delictiva». La jueza, además, considera dudoso que la actuación supusiese una postura negacionista de los dogmas religiosos, y argumenta que el carnaval es una fiesta popular «de gran arraigo y tradición” asociada precisamente a la idea de parodia, sátira, provocación y transgresión. “Una fiesta como el carnaval permite descartar una intencionalidad de ofensa, primando otras alternativas que van desde la mera diversión hasta la crítica ácida”, expresa la jueza, que añade además que las referencias a la religión en el contexto del carnaval «no son en absoluto extrañas o infrecuentes”. De este modo, aún reconociendo que la actuación pudo ofender los sentimientos religiosos de un determinado número de personas, la jueza establece que «no es necesariamente ofensiva en el sentido jurídico penal del término».
En su momento comentamos nuestra extrañeza porque Borja Casillas fuese investigado por un presunto delito de odio cuando parece resultar tan complicado que la justicia española admita esta circunstancia cuando de verdaderas agresiones a personas LGTB se trata. Por fortuna, el auto de la jueza Estela María Marrero aporta un poco de sentido común. Habrá que ver, en cualquier caso, si la historia ha llegado a su punto final, ya que el sobreseimiento de la causa es aún provisional.