Tras las Cortes Constitucionales de Alemania y Austria, ahora es un tribunal holandés el que abre la puerta al reconocimiento del género no binario
Buena noticia para los derechos de las personas intersexuales y de género no binario. El Tribunal de Limburgo, al sur de los Países Bajos, ha fallado en favor de una persona de 56 años que solicitaba no ser reconocida ni como de género masculino ni como de género femenino. La sentencia, además, pide al Parlamento holandés modificar la ley para permitir registrarse como de género «no determinado». Un paso que Transgender Netwerk Nederland, organización holandesa de defensa de los derechos de las personas trans, considera «revolucionario».
Aunque no ha trascendido la identidad de la persona que solicitó el amparo de la justicia, si que se conoce, en líneas generales, su historia. Se trata de una persona intersexual, cuyo sexo no pudo ser determinado con certeza en el momento de su nacimiento, pero que fue registrada como varón. Tras la pubertad, seguro de que su identidad no era masculina, se sometió a tratamiento y solicitó cambiar sus datos registrales para ser considerada legalmente una mujer de acuerdo a la legislación holandesa de identidad de género. Pero tampoco se sentía cómoda bajo identidad femenina. Finalmente decidió luchar ante la justicia para reclamar su derecho a registrarse bajo una tercera opción no binaria, derecho que ahora el Tribunal de Limburgo, con sede en Roermond, le reconoce.
La sentencia (que puedes descargar aquí) alude en su argumentación tanto a los principios de Yogyakarta como a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por lo que al principio de autodeterminación de género se refiere e insta al Parlamento holandés a que modifique la legislación para hacer posible que otras personas puedan hacer valer su derecho sin necesidad de recurrir a la justicia. Un paso que Transgender Netwerk Nederland (TNN), organización holandesa de defensa de los derechos de las personas trans, considera «revolucionario en el derecho de familia holandés». Cabe destacar, en este sentido, que si bien la sentencia se refiere expresamente a las personas intersexuales TNN la considera extensiva a todas las personas de género no binario.
En la estela de Alemania y Austria
Hace solo unas semanas recogíamos la noticia de que el Tribunal Constitucional de Austria emitía un fallo preliminar en favor de otra persona intersexual que no se identificaba ni como varón (sexo que le fue asignado) ni como mujer, en el que basándose también en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideraba que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo.
Meses antes, era el Tribunal Constitucional alemán el que dio de plazo al Parlamento para que antes del 31 de diciembre de 2018 regule el derecho a la propia identidad de género cuando esta no es binaria. También en este caso la batalla jurídica la emprendió una persona intersexual, disconforme en este caso con su género legal femenino. Según los jueces del alto tribunal alemán, el derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 2 de la Constitución de Alemania incluye la protección de la propia identidad y expresión de género. Además, negarles el reconocimiento a las personas que no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino constituye una discriminación por razón de género prohibida por la Constitución alemana. El tribunal ni siquiera consideraba satisfactoria la ley aprobada en 2013, que abría la posibilidad de dejar en blanco el campo del género. El motivo es que esta opción daba a entender que las personas afectadas carecen de género, cuando la realidad es que su género no se corresponde con los dos binarios.
Con las sentencias alemana y austriaca, y ahora con la holandesa, parece que se abre en Europa una vía que ya es una realidad en otros lugares del mundo. Australia en 2011 o Canadá en 2017 ya han introducido medidas de ese tipo. La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como la India o Nepal.