El Consejo Nacional de Suiza aprueba la penalización de los delitos de odio contra la población LGTB
El Consejo Nacional suizo ha aprobado la modificación del Código Penal para incluir entre los delitos de odio aquellos motivados por la orientación sexual o identidad de género de las víctimas. La reforma deberá ser ahora corroborada por el Consejo de los Estados para que tome efectos. Aunque la aprobación ha contado con el apoyo de una mayoría holgada (118 votos a favor y 60 en contra), los opuestos a la reforma no han dudado en equiparar la homosexualidad o la bisexualidad con la pedofilia y la zoofilia.
La iniciativa de reforma del código penal ha partido del diputado Mathias Reynard, perteneciente al Partido Socialista, que ha conseguido el apoyo de todos los grupos políticos representados en el Consejo Nacional (la cámara baja suiza), excepto el de la derechista Unión Democrática del Centro (grupo mayoritario, con 65 escaños del total de 200) y algunos diputados del centroderechista Partido Liberal Radical. El apoyo a la reforma, sin embargo, ha sido contundente: de los 183 diputados presentes, 118 votaron a favor, 60 en contra y 5 se abstuvieron. Ahora debe tramitarse en el Consejo de los Estados (la cámara alta, de representación territorial), donde la Unión Democrática del Centro tan solo tiene 5 representantes del total de 46, lo que parece que allana el camino para la aprobación de la reforma. La votación tendrá lugar el próximo mes de diciembre.
Hasta 1995, el Código Penal suizo solo castigaba la ofensa a las creencias religiosas, en su artículo 261, aún vigente. En 1993 se aprobó la introducción del artículo 261 bis, en el que se penalizan la incitación al odio o la discriminación causadas por la pertenencia a un grupo étnico, racial o religioso. La reforma tomó efectos el 1 de enero de 1995. Esta es la redacción actual de los dos artículos:
Art. 261
Quien, pública y vilmente, ofenda o ultraje las convicciones de otros en materia de creencias, en particular la creencia en Dios, o profane los objetos de veneración religiosa, quien impida, perturbe maliciosamente o ultraje públicamente un acto religioso garantizado por la Constitución, quien, maliciosamente, profane un lugar u objeto destinado al culto o un acto religioso garantizado por la Constitución, será castigado con una multa de 180 días como máximo.
Art. 261 bis
Quien incite públicamente al odio o a la discriminación hacia una persona o a un grupo de personas debido a su de origen racial, étnico o religioso;
quien, públicamente, propague una ideología destinada a menospreciar o denigrar sistemáticamente a los miembros de una raza, grupo étnico o religión;
quien, con el mismo fin, organice, fomente o participe en actividades de propaganda;
quien públicamente, con palabras, escritos, imágenes, gestos, agresiones o por cualquier otro medio, degrade o discrimine a una persona o grupo de personas por motivo de su raza, etnia o religión, o que, por la misma razón, niegue, minimice gravemente o trate de justificar el genocidio u otros crímenes de lesa humanidad;
quien se niegue a prestar un servicio de uso público a una persona o grupo de personas por razón de su origen racial, étnico o religioso;
será castigado con pena privativa de libertad de una duración máxima de tres años o con una sanción pecuniaria.
La reforma impulsada por el diputado Reynard trata de modificar el artículo 261 bis para incluir en la lista la orientación sexual y la identidad de género, algo que, si bien ha despertado las simpatías de la mayoría de los grupos políticos, también ha provocado un discurso de feroz oposición en la Unión Democrática del Centro. El diputado de esta formación Yves Nidegger criticó en el debate parlamentario que se fuera a incluir una noción que consideraba «jurídicamente problemática e indefinible». Incluso llegó a preguntar a la cámara si «la pedofilia, la bisexualidad, la gerontofilia, la necrofilia, el fetichismo, la zoofilia, etc. —la creatividad en este ámbito es inagotable— son orientaciones sexuales que deben protegerse o no», lo cual provocó la indignación de la mayoría de los presentes.
Lo cierto es que una reforma de este tipo se le ha reclamado a Suiza repetidamente desde la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas o la Comisión Europea con la Intolerancia. ILGA Europa también ha denunciado la falta de una legislación que penalice los crímenes de odio contra la población LGTBI, lo que ha causado que Suiza ocupe el puesto 22 de 40 en el informe sobre los derechos LGTBI en Europa, justo por debajo de Estonia y Hungría, con un exiguo 38,44 % de consecución de objetivos en esta materia.
Mathias Reynard se ha declarado muy satisfecho por el resultado de la votación, que ha calificado de «victoria de los derechos humanos» y se ha mostrado muy esperanzado en la convalidación por el Consejo de los Estados. Estaremos atentos.