El Senado de México aprueba la equiparación de los derechos de seguridad social entre parejas del mismo y distinto sexo (ACTUALIZADA 28/11/2018: la Cámara de Diputados también la avala)
Importante paso adelante para los derechos LGTB en México. El Senado de ese país aprobó el pasado 6 de noviembre, por unanimidad, el dictamen que garantiza el acceso y disfrute del derecho a la seguridad social y sus correspondientes servicios y prestaciones tanto a cónyuges como a concubinos del mismo sexo, en igualdad de condiciones a las parejas de distinto sexo. Queda todavía que la reforma se vote en la Cámara de Diputados, pero se espera que el resultado sea también positivo. El triunfo del progresista Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en las pasadas elecciones legislativas y presidenciales se refleja en este primer avance significativo, que parece contar en esta ocasión con el apoyo del resto de formaciones.
El proyecto, impulsado por senadores de MORENA pero avalado por el voto unánime de los 110 senadores presentes, modifica las leyes referentes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para que todas las parejas, sin exclusiones, puedan acceder a los beneficios a los que tienen derecho por vínculo familiar. Además, elimina el lenguaje sexista y discriminatorio de esos ordenamientos:
🔴 Con 110 votos en pro y 0 en contra se aprueba el dictamen por el que se garantizan los derechos de seguridad social de las parejas del mismo sexo. pic.twitter.com/Jpiuyuhxyp
— Senado de México (@senadomexicano) 6 de noviembre de 2018
El presidente del Senado mexicano, Martí Batres, se ha feliciado por la aprobación del dictamen, que aseguró «tiene un alto valor simbólico y enfatiza los principios de libertad y bienestar sin discriminación». Por su parte, la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, Gricelda Valencia, manifestó que la aprobación es el resultado «de un proceso de lucha y conquista por el reconocimiento y salvaguarda de los derechos de las comunidades lésbico-gay, travesti, transexual, transgénero, bisexual e intersexual, a quienes les expreso mi reconocimiento y apoyo». «Debemos proteger el vínculo familiar que pueda derivar de una relación entre una pareja del mismo sexo y donde el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que provienen de ese vínculo familiar», añadió. Tanto Batres como Valencia son senadores de MORENA.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Añorve (senador del Partido Revolucionario Institucional, PRI), aseguró que la reforma es de elemental justicia social. «Los tiempos cambian y las percepciones políticas y jurídicas también evolucionan, en especial, en sociedades democráticas como la mexicana», declaró. La reforma también recibió el apoyo de senadores del Partido Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano, Partido del Trabajo, Encuentro Social y Patido Verde Ecologista.
Un respaldo que esperemos que se repita en la Cámara de Diputados (donde MORENA, a diferencia del Senado, cuenta con mayoría absoluta) y que permita por fin completar una reforma que ya se inició en anteriores ocasiones pero que nunca había culminado (en 2012, por ejemplo, recogíamos otra votación favorable) y que los propios tribunales mexicanos han amparado en el pasado. El triunfo de MORENA en las elecciones legislativas y presidenciales del pasado julio ha actuado en este caso como catalizador, y ello a pesar de la tibieza que todos los candidatos presidenciales, incluido el electo Andrés Manuel López Obrador, mostraron a la hora de comprometerse con avances en materia LGTB. Esperemos que este sea solo un primer paso.
ACTUALIZACIÓN (28/11/2018)
El Pleno de la Cámara de Diputados ha aprobado también, por 415 votos a favor, 0 votos en contra y 6 abstenciones, la mencionada reforma, con mínimos cambios que no alteran su fondo.
El reconocimiento de las familias LGTB en México: una realidad jurídica compleja
En enero de 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis de jurisprudencia constitucional que protege de forma explícita el derecho de las parejas del mismo sexo a la procreación, a la crianza de niños y niñas y al acceso a los procedimientos de reproducción asistida. Lo hacía después de que se hubiesen acumulado diversas resoluciones de amparo en el mismo sentido, y a partir de ahora pasa a ser de cumplimiento obligatorio por los tribunales mexicanos.
Ya con anterioridad a esa fecha, el más alto tribunal mexicano había ordenado reconocer la validez en todo el territorio mexicano de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el Distrito Federal, primer lugar del país (y de toda América Latina) en aprobar el matrimonio igualitario por vía legislativa, o de reconocer la constitucionalidad de las adopciones por parejas del mismo sexo.
Por no hablar de las numerosas decisiones en favor del matrimonio igualitario en diferentes estados, que culminaban en 2015 con una histórica tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que debe seguir cualquier tribunal ante un amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. Aquella tesis expresaba que «no existe razón de índole constitucional para no reconocer» el matrimonio igualitario y cerraba definitivamente el camino a las legislaciones de «unión civil» similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.
Matrimonio igualitario en México: una realidad aún fragmentada
Por lo que se refiere específicamente al matrimonio entre personas del mismo sexo, recordemos que este es una realidad en el Distrito Federal (su Asamblea Legislativa lo aprobó en 2009, convirtiéndose de hecho en el primer lugar de América Latina que daba el paso) y, también por vía legislativa, en los estados de Coahuila (2014), Nayarit (2015), Campeche (2016), Michoacán (2016), Morelos (2016) y Colima (2016). Por mandato de la Suprema Corte de Justicia, lo es ya en Jalisco (2016), Chiapas (2017) y Puebla (2017). Hay además estados en los que los propios gobiernos estatales, a la vista de la acumulación de sentencias, han decidido permitir la celebración de matrimonios con carácter general y sin necesidad de acudir al amparo judicial. Es el caso de Chihuahua (2015) y Baja California (2017). El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especificaba que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.
En el resto de estados de México, aunque ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo, es necesario seguir recurriendo al amparo judicial previo, aunque varios de ellos ya han recibido ultimátums de la Suprema Corte de Justicia para que en un plazo determinado dejen de poder impedimentos a su celebración. Es el caso, por ejemplo, de Sinaloa, Tamaulipas o Nuevo León.
Para finalizar, no está de más recordar que todo este proceso no deja de contar con la fuerte oposición de los grupos homófobos mexicanos. A finales de 2016 la Cámara de Diputados decidía por ejemplo bloquear el compromiso del ahora presidente saliente, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. Confiemos en que el nuevo periodo político abierto en México suponga un cambio, también en este sentido.