El Gobierno holandés propone suprimir la necesidad de informes médicos o psicológicos para que las personas trans puedan ver reconocida su identidad
El Gobierno holandés ha propuesto una reforma de la legislación sobre identidad de género que facilitará a las personas trans la modificación de sus datos oficiales de acuerdo al principio de autodeterminación de género. La propuesta ha sido saludada por los colectivos trans y LGTB holandeses, que sin embargo la consideran insuficiente por lo que se refiere a los menores de 16 años y a las personas intersexuales y de género no binario.
Desde 2014, las personas trans mayores de 16 años pueden modificar sus datos registrales sin necesidad de someterse a cirugía de reasignación, como sucedía anteriormente. Sin embargo continúan necesitando el informe de un especialista para solicitar el cambio. La propuesta que el Gobierno holandés ha presentado al Parlamento suprime la necesidad de dicho informe. La nueva norma abriría además la puerta a que los menores de 16 años pudiesen solicitar el cambio, algo que hasta ahora no pueden hacer, aunque en este caso la petición deberá hacerse ante un tribunal. El Gobierno holandés también ha prometido avanzar en la supresión de la declaración obligatoria del género en aquellos casos en los que esta no se considera necesaria.
Los colectivos LGTBI holandeses han saludado la propuesta, que consideran una mejora sobre la situación actual, pero consideran que hay aspectos insatisfactorios. En un posicionamiento conjunto, las organizaciones Transgender Netwerk Nederland (organización que defiende los derechos de las personas trans), NNID (colectivo holandés de personas intersexuales) y COC Nederland (sin duda el colectivo LGTB holandés más conocido) consideran que la obligación de los menores de 16 años de someterse a un proceso judicial supone una violación del principio de autodeterminación de género y critican que la propuesta no resuelva el problema que supone la declaraicón obligatoria de género a personas intersexuales y a personas de género no binario. Estos colectivos reclaman que la solución definitiva pasa por la abolición total de la declaración obligatoria del género en los documentos oficiales, que consideran perfectamente posible.
Hay que tener en cuenta que en mayo de 2018 un tribunal holandés falló en favor de una persona intersexual de 56 años que solicitaba no ser reconocida ni como de género masculino ni como de género femenino. La sentencia pedía además al Parlamento holandés modificar la ley para permitir registrarse como de género «no determinado». La sentencia aludía en su argumentación tanto a los principios de Yogyakarta como a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por lo que al principio de autodeterminación de género se refiere.
Autodeterminación de género, una demanda imparable
Son diversos los países de nuestro entorno que de una forma u otra han actualizado sus legislaciones en un sentido favorable al principio de autodeterminación de género, como Grecia, Irlanda, Dinamarca, Malta, Noruega o Portugal.
Por lo que se refiere a la problemática que supone la declaración de género en documentos oficiales para muchas personas intersexuales y para las personas de género no binario, la sentencia holandesa que mencionábamos arriba no es la única. Hace ahora un año recogíamos la noticia de que el Tribunal Constitucional de Austria emitía un fallo preliminar en favor de una persona intersexual que no se identificaba ni como varón ni como mujer, en el que basándose también en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideraba que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo.
Meses antes, era el Tribunal Constitucional alemán el que ordenó al Parlamento que a lo largo de 2018 regulase el derecho a la propia identidad de género cuando esta no es binaria. También en este caso la batalla jurídica la emprendió una persona intersexual. Según los jueces del alto tribunal alemán, el derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 2 de la Constitución de Alemania incluye la protección de la propia identidad y expresión de género. Además, negarles el reconocimiento a las personas que no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino constituye una discriminación por razón de género prohibida por la Constitución alemana. El tribunal ni siquiera consideraba satisfactoria la ley aprobada en 2013, que abría la posibilidad de dejar en blanco el campo del género. El motivo es que esta opción daba a entender que las personas afectadas carecen de género, cuando la realidad es que su género no se corresponde con los dos binarios. En agosto de 2018, finalmente, Alemania aprobaba la norma que permite a las personas intersexuales y no binarias de ese país registrar su género legal con la opción de «diverso». Los activistas LGTB alemanes, sin embargo, mantiene su disconformidad con que para inscribirse bajo esta opción de género sea necesaria la presentación de un informe médico, un requisito que consideran inconstitucional por seguir patologizando a las personas intersexuales o de género no binario.
Con este tipo de sentencias parece que se abre en Europa una vía que ya es una realidad en otros lugares del mundo. Australia en 2011 o Canadá en 2017 ya han introducido medidas de ese tipo. La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como la India o Nepal.
España, atrasada
En España, mientras tanto, la ley 3/2007 no ha sido todavía actualizada, por lo que sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. Y en el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.
Antes de la convocatoria de elecciones generales, se tramitaba en el Congreso una proposición socialista que eliminaba la necesidad del diagnóstico médico o psicológico para proceder a la rectificación registral y facilitaba el acceso a esta de las personas extranjeras y de los menores transexuales (sin necesidad de intervención judicial). La iniciativa fue registrada en febrero de 2017, si bien no fue hasta noviembre de ese año cuando el pleno del Congreso aprobó iniciar la reforma, con la oposición del PP, y no ha fue hasta febrero de 2018 cuando la Mesa del Congreso, controlada entonces por PP y Ciudadanos y que durante meses se dedicó a bloquear diversas iniciativas legislativas, permitió su avance. No llegó a ser aprobada.
Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea registró en el Congreso una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Era una propuesta legislativa que iba más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta contemplaba además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades.
Ambas propuestas son ya historia.